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Los Sacramentos

 
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Manuelolea
Asiduo


Registrado: 19 Ago 2006
Mensajes: 159

MensajePublicado: Dom Mar 11, 2007 3:53 am    Asunto: Los Sacramentos
Tema: Los Sacramentos
Responder citando

Hola hermanos, me gustaria que me ayudaran, a ver el tema de los sacramento, de una forma sencilla, y de facil comprension. Estoy con unos chavos de 15 años, y me pidieron que veamos los sacramentos, pero realmente no tengo informacion. Y quiero algo sencillo, con relatos biblicos(lismonero y con garrote ¿verdad? Cool ). De hecho algo asi como empezar desde la palabra sacramento, que significa? viene en la biblia la palabra sacramento? esta mal dar un nombre a algo que no tiene nombre?

bautismo.
¿Que es?¿que significa?¿en donde podemos encontrar l bautismo?, etc
confirmacion
¿Que es?¿que significa?¿en donde podemos encontrar ?, etc
comunion
¿Que es?¿que significa?¿en donde podemos encontrar ?, etc
matrimonio
¿Que es?¿que significa?¿en donde podemos encontrar ?, etc
penitencia
¿Que es?¿que significa?¿en donde podemos encontrar ?, etc
orden sacerdotal
¿Que es?¿que significa?¿en donde podemos encontrar ?, etc
uncion de los enfermos
¿Que es?¿que significa?¿en donde podemos encontrar ?, etc

ups, creo que me pase, pongo esto, por que creo que es una forma de facil comprension, pero si pueden ayudarme de una manera mas pedadogica se los agradeceria. He visto un poquito de informacion, pero lo que no me gusta de esa informacion, que viene para la defensa de la fe, es decir, una forma de contestarles a los protestantes, pero no, un por que de cada cosa. Bueno creo que la idea ya esta?

POR FAVOR Crying or Very sad AYUDA!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
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Manuelolea
Asiduo


Registrado: 19 Ago 2006
Mensajes: 159

MensajePublicado: Jue Mar 15, 2007 5:42 pm    Asunto:
Tema: Los Sacramentos
Responder citando

hola hermado paz en el señor.

si me parece bien el cuestionario, pero Que significa la palabra sacramento? de donde proviene? por lo menos yo no se que signifique la palabra sacramento y en el cuestionario tampoco viene. me gustaria tambien que si hubiera algunos pasajes biblicos. de cada sacramento, aunque bueno por ejemplo el bautismo, es de los mas faciles de encontrar, pero por ejemplo el orden sacerdotal, yo se de un texto biblico, la uncion de los enfermos, agradeceria su ayuda
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Maellus haereticorum
Veterano


Registrado: 03 Oct 2005
Mensajes: 1775

MensajePublicado: Jue Mar 15, 2007 6:42 pm    Asunto:
Tema: Los Sacramentos
Responder citando

Manuelolea escribió:
...Que significa la palabra sacramento? de donde proviene? por lo menos yo no se que signifique la palabra sacramento y en el cuestionario tampoco viene.




El primer término teológico que los Padres usaron para designar en general los ritos cristianos fue el de «mysterion». El término latino «sacramentum» es una traducción de éste (según consta también por la Vulgata).

Al parecer la palabra viene del ambiente judío y no del griego (donde indicaba sea la divinidad, sea sus «secretos») y se relaciona con deliberación, consejo, designio hacia la salvación o el juicio final. En el evangelio se usa en Marcos 4 11 y sus textos paralelos: «los misterios del Reino de Dios», es decir, los designios salvíficos realizados en Cristo.

En las cartas de san Pablo aparece unas 21 veces. Indicaría el plan salvífico secreto de Dios que se ha realizado definitivamente en Cristo, dando lugar a los últimos tiempos y que consiste en la recapitulación (ανακεφαλαιωσις) de todas las cosas en Cristo. Así incluye a Cristo, pero también sus actos salvíficos y por ende su cuerpo que es la Iglesia. En la medida en que los gentiles participan de esta salvación y de la Iglesia aceleran la plenitud final de la salvación.

Por tanto, se puede decir que, desde el punto de vista bíblico, "mysterion" o sacramento son signos y prodigios que realizan el designio divino de salvación por medio de la Iglesia, actualizando el signo y prodigio fundamental: Cristo en su Encarnación, Muerte y Resurrección.

Como columna y sostén de la verdad e interpretadora infalible de las Escrituras, la Iglesia Católica entiende por Sacramento un signo sensible que significa y produce la gracia en el alma, en virtud de la institución por Cristo. Los sacramentos producen la gracia, es decir la vida divina. Los sacramentos son instrumentos de vida divina, los instrumentos de vida divina por excelencia, porque Cristo mismo los ha instituido y los ha establecido como medios por los cuales desarrollamos la vida divina en nosotros. Son estructuras santificantes que sumergen nuesta vida en la de Dios.

Manuelolea escribió:
me gustaria tambien que si hubiera algunos pasajes biblicos. de cada sacramento, aunque bueno por ejemplo el bautismo, es de los mas faciles de encontrar, pero por ejemplo el orden sacerdotal, yo se de un texto biblico, la uncion de los enfermos, agradeceria su ayuda


Bautismo:

Se instituye en tres momentos:

* En primer lugar en el anuncio de Juan el Bautista: Jesús bautizaría con Espíritu Santo y con fuego (Lc 3 16).
* El diálogo de Cristo con Nicodemo (Jn 3 5) donde el primero indica que el bautismo es necesario para la salvación.
* Antes de ascender a los cielos, Jesucristo mandó a sus discípulos que bautizaran en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo (Mt 28 19 y paralelos).

Confirmación:

Prometido por Cristo:

Juan 16, 7-15. "Pero os digo la verdad: os conviene que yo me vaya. Por que si no me fuere, el Abogado no vendrá a vosotros; pero si me fuere os lo enviaré. Y en viniendo éste, argüirá al mundo de pecado, de justicia y de juicio. De pecado por que no creyeron en mí; de justicia por que voy al Padre y no me veréis más; de juicio por que el príncipe d este mundo está ya juzgado. Muchas cosas tengo aún que deciros, mas no podéis llevarla ahora; pero cuando viniere Aquel, el Espíritu de verdad os guiará hacia la verdad completa, por que no hablará de sí mismo, sino que hablará lo que oyere y os comunicará las cosas venideras. Él me glorificará, por que tomará de lo mío y os lo dará a conocer. Todo cuanto tiene el Padre es mío; por esto os he dicho que tomará de lo mío y os lo hará conocer".

Cumplimiento de la promesa:

Hechos capítulo 2


Practicado por la Iglesia:

Hch. 19, 5-6. "Al oír esto, se bautizaron en nombre del Señor Jesús. E imponiéndoles Pablo las manos, descendió sobre ellos el Espíritu Santo…"

Penitencia

Instituído por Cristo:

Jn. 20, 21-23. "Como mi Padre me envió, asi os envío yo a vosotros [...]. Recibid el Espiritu Santo: a quien perdonareis los pecados les serán perdonados; a quienes se los retuviereis les serán retenidos".

Celebrado por la Iglesia:

Hch 19, 18 "Muchos de los que habían creído, venían, confesaban y manifestaban sus prácticas supersticiosas."

Eucaristía

Instituído por Cristo y celebrado por la Iglesia:

1 Co 11, 23-26 "Porque yo he recibido del Señor lo que os he transmitido, que el Señor Jesús, en la noche en que fue entregado, tomó el pan, y después de dar gracias, lo partió y dijo: Esto es mi cuerpo, que se da por vosotros; haced esto en memoria mía. Y asimismo, después de cenar, tomó el cáliz, diciendo: Este cáliz es el nuevo Testamento en mi sangre: cuantas veces lo bebáis, haced esto en memoria mía. Pues cuantas veces comáis este pan y bebáis este cáliz, anunciáis la muerte del Señor hasta que El venga."

Orden Sagrado

Prometido en el Antiguo Testamento:

Isaías 66, 18-21. "Yo conozco sus obras y sus pensamientos. Yo vendré para reunir a todos los pueblos y lenguas, que vendrán para ver mi gloria. Yo les daré una señal, y mandaré sobrevivientes de ellos a Tarsis, a las naciones de Put, de Lud, de Mososc, de Ros, de Tubal y de Yaván; de las islas lejanas, que no han oído nunca mi nombre y no han visto mi gloria, y pregonarán mi gloria entre las naciones. Y de todas las naciones traerán a vuestros hermanos ofrendas a Yahvé en caballos, en carros, en literas, en mulos, y en dromedarios, a mi monte santo, a Jerusalén, dice Yahvé, como traen los hijos de Israel la oblación en vasos puros al templo de Yahvé: Y también yo eligiré de entre ellos sacerdotes y levitas, dice Yahvé".

Instituído por Cristo:

Jn. 20, 21-23. "Díjoles otra vez: La paz sea con vosotros. Como me envió mi Padre, así os envío Yo. Diciendo esto, sopló y les dijo: Recibid el Espíritu Santo.".

Matrimonio:

Instituído por Dios en la Creación de la raza humana y ratificado en su Divina Encarnación:

Mat 19, 4-6 "El respondió: ¿No habéis leído que al principio el Creador los hizo varón y hembra? Dijo: “Por esto dejará el hombre al padre y a la madre y se unirá a la mujer, y serán los dos una sola carne. De manera que ya no son dos, sino una sola carne. Por tanto, lo que Dios unió no lo separe el hombre".

Unción de los enfermos

- Practicado por Jesús: Mc 7, 32-36; 8, 22-25; Jn 9, 6 s.

- Instituído por CRisto mismo en la Iglesia:

Mar 6, 7.13 "Llamando a sí a los Doce, comenzó a enviarlos de dos en dos, dándoles poder sobre los espíritus impuros... y echaban muchos demonios, y, ungiendo con óleo a muchos enfermos, los curaban."

- Conservado en la Iglesia:

Santiago 5, 14
"¿Alguno entre vosotros enferma? Haga llamar a los presbíteros de la Iglesia y oren sobre él, ungiéndole con óleo en el nombre del Señor"
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AURORA
Invitado





MensajePublicado: Jue Mar 15, 2007 7:13 pm    Asunto:
Tema: Los Sacramentos
Responder citando

Cita:
Matrimonio:

Instituído por Dios en la Creación de la raza humana y ratificado en su Divina Encarnación:

Mat 19, 4-6 "El respondió: ¿No habéis leído que al principio el Creador los hizo varón y hembra? Dijo: “Por esto dejará el hombre al padre y a la madre y se unirá a la mujer, y serán los dos una sola carne. De manera que ya no son dos, sino una sola carne. Por tanto, lo que Dios unió no lo separe el hombre".

En verdad tengo una duda con respecto a los sacramentos , en realidad con la anulacion del matrimonio .
si no deja de ser catolica una persona bautizada por cambiar de religion , por ejemplo , y sigue siendo catolica .
por que se anula este sacramento ?
yo acepto , por obediencia lo que dice la iglesia sobre las causas .
pro no lo comprendo .
si todos los sacramentos son de la misma jerarquia , sino puedo anular un bautismo , no puedo anular el matrimonio , porque el sacramento es igual .
a lo que voy es que no puedo comprender como el papa , puede anular lo que DIOS unio .
y quiero aclarar que se que si no es consentido , no tiene valor .
pero hay casos que se han anulado matrimonios consumados , porque el esposo argumenta que su esposa es esteril .(este es solo un ejemplo )
la raiz de la pregunta es esta , porque se pude romper con una accion de DIOS ?????( no se i esta bien expresado )
mas alla de cualquier motivo .
se puede pedir una separacion al sacerdote , si la convivencia no es posible .........y vivir en castidad .
pero de alli a anular el sacramento hay mucha distancia .
yo creo que esas personas siguen tan casadas como bautizadas , tomando siempre en cuenta que todos los sacramentos son iguales .

pido solo informacion , no es una controversia .

maellus , me podes explicar , por favor , haber que me falla , que no lo entiendo ???
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Maellus haereticorum
Veterano


Registrado: 03 Oct 2005
Mensajes: 1775

MensajePublicado: Jue Mar 15, 2007 7:46 pm    Asunto:
Tema: Los Sacramentos
Responder citando

AURORA escribió:

En verdad tengo una duda con respecto a los sacramentos , en realidad con la anulacion del matrimonio .

si no deja de ser catolica una persona bautizada por cambiar de religion , por ejemplo , y sigue siendo catolica .
por que se anula este sacramento ?




Querida Aurora:

La Iglesia no puede romper el vínculo sacramental del Matrimonio. Lo que la Iglesia hace es investigar los casos y emitir un veredicto que jamás existió tal "matrimonio".

Mejor dejemos que sean los expertos los que nos expliquen ese preceso:

Nulidad matrimonial, anulación del matrimonio, divorcio y separación en el derecho canónico

Artículo relacionado: La indisolubilidad del matrimonio
También le puede interesar: La conveniencia de interponer una demanda de nulidad matrimonial

El matrimonio, por su propia naturaleza, se contrae por tiempo indefinido: hasta que la muerte les separe, según la expresión ya clásica. No es válido el matrimonio que se contrae por tiempo determinado. El canon 1055 § 1 define el matrimonio como un “consorcio de toda la vida”, y el canon 1056 considera la indisolubilidad como propiedad esencial del matrimonio.

Sin embargo, la Iglesia tiene organizado un sistema judicial con tribunales en todas las diócesis que pueden examinar los matrimonios, y a veces hay matrimonios canónicos en los que los cónyuges se separan y vuelven a contraer matrimonio. Parece necesaria una aclaración de los conceptos que se manejan.

Nulidad y anulación de los actos jurídicos

Aunque los términos nulidad y anulación a veces se usan como sinónimos, en derecho tienen significados distintos. Por anulación se entiende el hecho de declarar ineficaz un acto: cuando se anula un acto jurídico, lo que se hace es declarar que desde ese momento el acto no produce efectos. La declaración que anula un acto, así vista, no entra a considerar la existencia del acto. El acto que se ha anulado ha existido y ha producido efectos jurídicos válidos, pero -por los motivos tasados que el derecho considere relevantes- desde el momento de la declaración deja de existir el acto.

La declaración de nulidad de un acto, sin embargo, supone la inexistencia del acto. Cuando se declara nulo un acto, lo que se declara es que el acto nunca ha existido. Tampoco han producido efectos jurídicos válidos, por lo tanto. El acto nulo lo es porque en su origen, en su formulación, contiene defectos de tal gravedad que provocan que, en justicia, el acto deba ser tenido como no celebrado. El término nulidad se opone a validez. Naturalmente, se presume la validez de los actos jurídicos, o lo que es lo mismo, los actos que aparentemente se han realizado se han de considerar válidos, salvo prueba en contrario. Se da relevancia a la apariencia, por razones de seguridad jurídica: en otro caso, se haría casi imposible el tráfico jurídico. Por razones elementales de justicia, sin embargo, se da la posibilidad a las partes legítimamente interesadas de demostrar la nulidad de un acto. Esa es la función de los tribunales de justicia.

Obviamente, para declarar la nulidad de un acto se considera lo que ocurrió en el momento de producirse el acto, siendo indiferente lo que haya ocurrido después, durante la vida del acto. La declaración de nulidad examina que el acto era imposible. Uno de los ejemplos más claros es el contrato celebrado bajo coacción. Al juez que debe examinar la nulidad de un contrato celebrado bajo coacción no le interesa lo que ha ocurrido durante la vida del contrato, sino lo que ocurrió en el momento de la celebración del contrato. Las partes, por lo tanto, deben aportar pruebas de la coacción en el momento de la celebración; y no es posible pretender que hubo coacción ateniéndose a lo que ocurrió en la vida del supuesto contrato.

Mientras que en la anulación suele ser irrelevante la celebración del negocio jurídico, para centrarse en la vida del acto. Un ejemplo es el contrato continuo -como el suministro de electricidad o de gas- que se ha de anular por falta de pago.

Los efectos de una declaración de anulación se producen desde el momento de la declaración, o con expresión clásica se producen ex nunc. Mientras que los efectos de la declaración de nulidad se retrotraen al momento de producirse el acto: son efectos ex tunc. Como ya hemos dicho, se considera que no ha producido efectos. Por razones de equidad, sin embargo, y en atención a la buena fe de quien recibe efectos jurídicos de un acto nulo, muchas veces el ordenamiento jurídico tiene mecanismos correctores de la dureza de esta norma: puede hacer la ficción jurídica de considerar legítimos actos que en su origen son ilegítimos. Pero ello no afecta a la nulidad del acto en sí, sino sólo a la legitimidad de los actos que se derivan del acto nulo.

Matrimonios nulos y anulaciones de matrimonios

Apliquemos esta doctrina al matrimonio canónico, el matrimonio celebrado según los ritos de la Iglesia. Dado que la Iglesia quiere ser fiel a la doctrina de Jesucristo, ha de dar relevancia a la enseñanza contenida en Mateo 19, 6: lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre. Por lo tanto, la Iglesia considera que no tiene potestad para disolver un matrimonio. Usando la terminología explicada, se debe decir que la Iglesia no tiene potestad para anular el vínculo matrimonial. Es necesario, sin embargo, añadir algunos matices.

El canon 1141 comienza un sección del Código de Derecho canónico titulada precisamente “De la disolución del vínculo (matrimonial)”. ¿Qué quiere decir aquí el Código de Derecho Canónico?

Ciertamente, es posible disolver el vínculo matrimonial en algunos casos. El propio canon 1141 nos da la clave de esta cuestión:

Canon 1141: El matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano, ni por ninguna causa fuera de la muerte.

Por lo tanto, es posible anular el matrimonio si éste no es rato, o no ha sido consumado. Se entiende que el matrimonio es rato si es sacramental, es decir, cualquier matrimonio válido entre bautizados. Y se entiende que el matrimonio ha sido consumado “si los cónyuges han realizado de modo humano el acto conyugal apto de por sí para engendrar la prole” (canon 1061). En estos casos, es posible pedir al Romano Pontífice la anulación del matrimonio. Los cánones 1142 y siguientes regulan los supuestos más comunes, entre los que se cuentan el privilegio paulino, el privilegio petrino y la disolución del matrimonio rato y no consumado.

Artículo relacionado: La dispensa del matrimonio rato y no consumado

Pero si el matrimonio es rato y consumado, no puede ser disuelto por ningún poder humano, ni siquiera por el Romano Pontífice. Los Papas han sido siempre conscientes de este límite de su potestad, siendo el ejemplo histórico más conocido el del matrimonio entre Enrique VIII de Inglaterra y Catalina de Aragón. En ese caso el Papa no dudó en declarar la imposibilidad de satisfacer la pretensión de Enrique VIII, a pesar de que existía la amenaza de un cisma.

Por lo tanto -salvo en los supuestos citados, que son poco frecuentes como se puede conjeturar- la Iglesia no anula ningún matrimonio. Los procesos matrimoniales canónicos tienen la finalidad de dilucidar la duda de la validez o no de un matrimonio. Si es el caso, el tribunal eclesiástico declara la nulidad del matrimonio. Se puede decir, por lo tanto, que en términos generales la Iglesia no puede anular matrimonios. No lo hace, ni tampoco pretende hacerlo.

Los procesos de nulidad matrimonial

Por lo tanto, cuando las partes acuden a los tribunales eclesiásticos por causas de índole matrimonial, lo que hacen es preguntar a la autoridad eclesiástica competente si un matrimonio es nulo. Formalmente no acuden para que se les solucione un problema, sino para resolver una duda de conciencia: la de si se han casado verdaderamente o su matrimonio fue nulo. Por supuesto, si han dado ese paso es porque existen problemas, y la nulidad del matrimonio sería la solución. Pero la pregunta que se le hace al tribunal eclesiástico es la de la nulidad del matrimonio, lo cual es independiente de lo que haya ocurrido en el transcurso de la vida matrimonial.

Naturalmente, el tribunal sólo puede dar dos respuestas, reconociendo la nulidad o la validez: sentencia pro nullitate o pro validitate. Y de acuerdo con lo que llevamos dicho, al tribunal no le interesa lo ocurrido durante la vida del matrimonio. Lo que le interesa es lo que ocurrió en el momento de la celebración del matrimonio: el juez eclesiástico intentará establecer si verdaderamente se celebró el matrimonio, o por el contrario, se interpuso alguna dificultad objetiva que hizo que el consentimiento emitido no fuera válido. Las causas de nulidad matrimonial son, brevemente, la existencia de un impedimento, el defecto de forma válida o el vicio de consentimiento.

Artículo relacionado: Las causas de nulidad en el matrimonio canónico

No se debe olvidar que forma parte de la función pastoral de la Iglesia la búsqueda de la verdad. No es una actitud pastoral válida la respuesta del juez que no esté de acuerdo con la verdad objetiva. El juez, por lo tanto, habrá de dictar la sentencia que más se acerque a la verdad objetiva, aunque defraude las expectativas de las partes. Verdaderamente, no defraudará las expectativas de las partes si la sentencia se ajusta a derecho.

Artículo relacionado: Caridad y justicia en el proceso canónico.

Queda claro, así, que -salvo las excepciones comentadas- es un error terminológico decir que la Iglesia anula matrimonios: los declara nulos si es el caso, pero no puede anular matrimonios. Los tribunales de la Iglesia no hacen nulo un matrimonio, sino que se limitan a constatar una nulidad preexistente.

El derecho canónico y los matrimonios que tienen problemas

Con las excepciones ya indicadas, la Iglesia no está autorizada por Jesucristo para disolver ningún matrimonio (o declarar el divorcio de ningún matrimonio). Sin embargo, la cuestión permanece: si lo cónyuges se llevan mal, y el matrimonio fue válido, el problema por el que acudieron al tribunal eclesiástico permanece en pie. ¿El derecho canónico les obliga a vivir juntos toda la vida? O formulado con crudeza, ¿están condenados a ser marido y mujer, aunque no ya no se quieran, por siempre?

La Iglesia tiene en cuenta la naturaleza humana en la configuración del matrimonio. Cuando declara la imposibilidad de reconocer el divorcio no les obliga a vivir juntos de por vida; los matrimonios con problemas tienen otras soluciones, que aquí no se pueden detallar por no ser el lugar. Entre ellas está la separación matrimonial permaneciendo el vínculo (cánones 1151 y siguientes). Pero no se puede pretender que la Iglesia rompa el vínculo matrimonial, para lo cual no tiene potestad, ni tampoco que el juez declare lo que no es cierto.

Artículo relacionado: Condiciones para iniciar un proceso canónico de nulidad matrimonial.

Esta solución puede desilusionar a quienes acuden a los tribunales de la Iglesia pretendiendo que le solucionen un problema que objetivamente puede ser grave, pero se debe recordar que a los tribunales de la Iglesia se le pregunta por la validez de un matrimonio, y responden de acuerdo con la cuestión planteada. Los matrimonios que tienen problemas graves habrán de buscar soluciones, y la Iglesia va a facilitarla, con tal de que sea posible. No se le pida a la Iglesia que declare lo que no puede declarar.

AURORA escribió:
a lo que voy es que no puedo comprender como el papa , puede anular lo que DIOS unio .


En el artículo anterior se responde eso, pero copio el párrafo para ser más específico:

Pero si el matrimonio es rato y consumado, no puede ser disuelto por ningún poder humano, ni siquiera por el Romano Pontífice. Los Papas han sido siempre conscientes de este límite de su potestad, siendo el ejemplo histórico más conocido el del matrimonio entre Enrique VIII de Inglaterra y Catalina de Aragón. En ese caso el Papa no dudó en declarar la imposibilidad de satisfacer la pretensión de Enrique VIII, a pesar de que existía la amenaza de un cisma.

Por lo tanto -salvo en los supuestos citados, que son poco frecuentes como se puede conjeturar- la Iglesia no anula ningún matrimonio. Los procesos matrimoniales canónicos tienen la finalidad de dilucidar la duda de la validez o no de un matrimonio. Si es el caso, el tribunal eclesiástico declara la nulidad del matrimonio. Se puede decir, por lo tanto, que en términos generales la Iglesia no puede anular matrimonios. No lo hace, ni tampoco pretende hacerlo
.

AURORA escribió:
pero hay casos que se han anulado matrimonios consumados , porque el esposo argumenta que su esposa es esteril .(este es solo un ejemplo )


Creo que no hay que creer todo lo que se oye por ahí. Como ya vimos, la Iglesia no hace eso. Creo que esas anécdotas que circulan por ahí son más leyendas urbanas que ejemplos concretos, y en todo caso, hay individualizar cada proceso para ver su contexto.

Te copio otro párrafo de arriba:

"...la Iglesia no está autorizada por Jesucristo para disolver ningún matrimonio (o declarar el divorcio de ningún matrimonio). Sin embargo, la cuestión permanece: si lo cónyuges se llevan mal, y el matrimonio fue válido, el problema por el que acudieron al tribunal eclesiástico permanece en pie. ¿El derecho canónico les obliga a vivir juntos toda la vida? O formulado con crudeza, ¿están condenados a ser marido y mujer, aunque no ya no se quieran, por siempre?

La Iglesia tiene en cuenta la naturaleza humana en la configuración del matrimonio. Cuando declara la imposibilidad de reconocer el divorcio no les obliga a vivir juntos de por vida; los matrimonios con problemas tienen otras soluciones, que aquí no se pueden detallar por no ser el lugar. Entre ellas está la separación matrimonial permaneciendo el vínculo (cánones 1151 y siguientes). Pero no se puede pretender que la Iglesia rompa el vínculo matrimonial, para lo cual no tiene potestad, ni tampoco que el juez declare lo que no es cierto.
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Manuelolea
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MensajePublicado: Vie Mar 16, 2007 2:33 am    Asunto:
Tema: Los Sacramentos
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Maellus haereticorum, Gracias hermano, realmente la informacion es muy valiosa, ya que insisti tanto en las citas biblicas, por que uno de los chavos tienen amigos testigos de jehova, y lo quieren manipular. entonces como veras el cuestionario, esta muy simplificado, pero, es mejor con datos biblicos, en especial para esta chavo, Gracias.
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AURORA
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MensajePublicado: Vie Mar 16, 2007 3:46 am    Asunto:
Tema: Los Sacramentos
Responder citando

gracias maellus , muy amplio , y ademas muy buena la diferencia entre anular y nulo .
entonces si entendi bien , la iglesia solo puede verificar si el matrimonio fue valido o nulo en el momento de su realizacion .

si fue nulo , nunca existio y esas personas vivieron en concubinato .

y las tres causas serian : un impedimento grave en ese momento ,al celebrarlo , una forma no adecuada de celebrarlo y la falta de concentimiento de uno de los conyugues .
pero las tres en el momento de la celebracion

sera asi no ??????
gracias muy claro .


fuera de esto , un matrimonio sacramental y consumado no tiene ninguna forma de ser nulo .
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