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Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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Autor Mensaje
RodrigoG83
Constante


Registrado: 22 Ene 2006
Mensajes: 814

MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 5:20 am    Asunto: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
Responder citando

¿Es pecado bajar música o películas de internet a través de redes tipo eMule sin permiso expreso del autor?
¿Es pecado bajar programas con coste y usarlos sin permiso del autor (crackearlos, con serials truchos, etc)? Aca incluyo al Microsoft Windows mismo y al paquete de oficina Microsoft Office, dos de los programas más pirateados del mundo.
Hay que diferenciar en dos clases: el que baja para sí mismo y el que lo hace para luego venderlo y obtener ganancias.

Una duda que me viene asaltando hace un buen tiempo..
Gracias!

Un abrazo.
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asclepio
Asiduo


Registrado: 04 Ene 2006
Mensajes: 167

MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 5:37 am    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
Responder citando

Pues primero que nada hay que distinguir una cosa, bajar una canción no es ilegal, pues no hay lucro de por medio, es como si yo te presto un disco que compré ayer, no es ilegal. Tampoco creo que es amoral porque es lo mismo que regalarse y compartir cosas, y no creo que compartir sea pecado. Ahora que vender algo que no es tuyo sí es ilegal, y además es pecado, pecado porque estás lucrando con algo que no es producto del sudor de tu frente.
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Mariano
Valiente soldado de Nuestro Rey


Registrado: 02 Oct 2005
Mensajes: 4383
Ubicación: San Rafael Mendoza Argentina

MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 12:31 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
Responder citando

CHAN!

UY........creo que mejor me voy........jeje.......este tema me da miedito........aparte si llega a ser pecado tengo muuuchos GB por confesar....

Mejor me voy....tranquilito y silbando....jeje Laughing
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micaela
Veterano


Registrado: 05 Dic 2005
Mensajes: 2239
Ubicación: Argentina

MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 12:32 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
Responder citando

asclepio escribió:
Pues primero que nada hay que distinguir una cosa, bajar una canción no es ilegal, pues no hay lucro de por medio, es como si yo te presto un disco que compré ayer, no es ilegal. Tampoco creo que es amoral porque es lo mismo que regalarse y compartir cosas, y no creo que compartir sea pecado. Ahora que vender algo que no es tuyo sí es ilegal, y además es pecado, pecado porque estás lucrando con algo que no es producto del sudor de tu frente.


Si bajar música no es ilegal, entonces me pregunto:
¿para que combaten la piratería? es obvio que algo está mal
si yo te presto un cd que compré!! ahi esta la clave:
te estoy prestando algo que COMPRÉ
cuando bajo música ilegalmente no estoy comprando nada
y por más que su fin no sea el lucro, está mal
Un cantante vive de su música , para vivir necesita dinero
el dinero lo hace vendiendo sus discos, si la gente no los compra
como vive?????

lógica:

1:

robar es pecado
bajar música sin permiso del dueño es robar
por lo tanto
bajar musica es pecado

2:

bajar música es pecado
Micaela baja música
por lo tanto
Micaela es una pecadora

uuuuuuuuuuuuuuuuuuuuu ESTOY EN PROBLMEAS jejejeje

si fueses músico jamas dirías que bajar musica no es ilegal
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llazcano13
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Registrado: 03 Oct 2005
Mensajes: 2541

MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 3:28 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
Responder citando

a proposito de este tema, un mensaje que me llamó la atención, viene de otro foro:

Cita:
MENSAJE #33598 Por Rokie, Mar 10 de Ene de 2006 0:45 (CST)
-------
Y quién define qué es justo y qué no? Tú? El vecino? quién lo haría? Por ejemplo una película como King Kong, donde trabajaron más de 700 personas para realizarla, donde el director es pagado menos que a los actores, el actor es el que se lleva la principal parte, regularmente cuando la compañía productora es la misma que la del director, como pasa con LucasFilm, Amblin y DreamWorks, el actor recibe un porcentaje sobre las ganancias; de ahí que sus sueldos sean millonarios, si no, entonces el actor no recibe más que lo que el resto de producción, y eso ya no pasa muy seguido desde que existen grandes éxitos de taquilla cada verano.

Me parece una forma muy comodina de justificar la piratería, que sea por los sueldos de los actores o directores cuando no hay un fundamento; los distribuidores, como claramente se dijo aquí anteriormente, son los que reciben buena tajada, y ellos también tienen gente que mantener. Vivimos en el capitalismo CARAY!!! generas dinero moviendo dinero, si todo se subsidiara como al DF entonces unos trabajaríamos y otros recibirían el dinero, eso es injusto, el dinero es de quien se lo ha ganado, los directores y actores que están ahí es porque se lo han ganado a pulso y se les premia su actuación o popularidad con un sueldo. Además acuerdense que tienen que pagar a agencias que los colocan, estas agencias también tienen empleados o sea, por qué pensar a fuerzas que la piratería está bien? Sin duda está mal, quien habla bien de esta no conoce toda la industria del cine, todos los empleos que genera que la piratería no, simplemente genera dinero para los tranzas y flojos que no formaron parte de la película, el cine es una industria, aquí, en China, en Singapour y en todos lados, no solo en Gringolandia. La mayoría de los paises son capitalistas y se rigen por esos sistemas, al que le cuesta tanto trabajo subir y ganarse lana convirtiendose en millonario siendo actor, director, fotógrafo no se le está dando su mérito y no se ha ganado lo que pide? Por qué pensar la facilidad de que es que cobra mucho? O sea, no hay fundamento para preguntarlo, creo que es obvio, yo me preguntaría más por qué ganan tanto los diputados y dejan más de 2 mil propuestas pendientes cada año y solo trabajan en el 10%. El problema señores de que exista piratería en nuestro país es que la riqueza no está bien repartida, pero no para ahí; también es el problema de la idiosincracia de pensar que la piratería es un remedio, cuando no es cierto, si te gusta el cine y las películas creo que lo menos que puedes hacer por esa industria es dedicarte a ella y no ser un chupasangre del esfuerzo de otros, aunque este esté sobrevalorado en la taquilla por X o Y razón que los fans justifiquen.

A mi me sigue dando tristeza que se sigan leyendo más esos comentarios, no tanto porque a mi me guste el cine, y ya no el hollywoodense, las películas mexicanas como Nicotina, Amores Perros, etc. también sufren de la piratería, recuerdo cuando Todo el Poder la habían grabado del cine para proyectarla en un salón en la escuela que yo estudié, neta que cómo es posible que tanto esa, como Sexo, Pudor y Lágrimas siguieran los mismos pasos en la piratería que Episodio I. O sea, no importa ya si se trata de un exito gringo o de una película mexicana de poco presupuesto, la piratería cuando es perra hasta a los de casa muerde; así que, sigue siendo el pretexto? el cine se está matando solo? no, yo pienso que la piratería lo sigue matando por esas formas tan pobres de pensar en que la piratería es justificable. Como ya dije, si no la quieren ver en el cine con un sistema THX entonces pueden verla en su cómoda frente al televisor y disfrutarla con un buen tazón de palomitas, claro, no la verás al mismo tiempo que en el cine (lo cual ya cada vez es menos el tiempo entre cine y liberación a DVD) pero pues caray, creo que es obvio no? Pagas por lo que obtienes, si no estas conforme te quejas y si no te gusta simplemente te ahorras el costo y te dedicas a otra cosa, pero creo que todo sería más ético que delinquir solo por el brete de ver una película, caray, por qué no mejor hacer bien las cosas?
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CarlosR26†
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MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 3:39 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
Responder citando

Sin querer propiciar nada, tal ves sea ilegal, pero dudo sea pecado.

Para comenzar el pecado deberia de ser que Microsoft cobra 200 dlls la licensia de un programucho lleno de virus llamado Windows y luego EUA y el capitalismo te obliguen a tener tecnologia para "avanzar" como civilizacion, cuando hay paises que esos 200 dolls es lo que gana una persona al mes para mantenerse.

Robo como tal, tendria que estudiarse bien, ya que en si no le estas quitando nada a Microsoft... si una persona no piensa de todas maneras y no puede comprar un software que cuesta lo que gana al mes, ¿Que roba? ¿que le QUITAS a Microsoft? Nada.

El software es algo intangible, no robas nada, por eso Microsoft esta billonario, por que lo unico que hace es crear una copia de software y luego lo unico que hace es hacer copias y copias y copias de lo mismo, su costo es el costo del CD en Blanco.

De hecho Bill Gates ha dicho q por eso no ataca la Pirtateria en su usuario final, que para el mejor (ya que existen hoy por hoy alternativas de software libre)..... y por que sabe que no le quitan nada.. una Persona de la India que gana 200 Dlls al mes no va a gastarse su dinero en Windows,, nunca jamas, asi que no le esta quitando nada (Billy mismo lo sabe).

En cuanto a peliculas y demás.... de nuevo es ilegal, pero la mayoria de la gente que compra Peliculas piratas al final y de todas maneras termina llendo al cine si la pelicula realmente le gusta, de todas maneras el cine del este siglo ha sido una verdadera basura.. que ni ganas de ver.
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CarlosR26†
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Ubicación: MEXICO, Jal.

MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 3:41 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
Responder citando

Y que ni se quejen las disqueras, que es un insulto cobrarle a los jovenes de hoy 19Dlls por escuchar a una mujer repetir 45 veces "My Hump, My Hump, My Hump"...
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Antonio
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MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 4:04 pm    Asunto: Saludos
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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Entrando en esta Discusion sin Fondo Opino


Que diferencia hay en copiar un Musica o o Video, y en copiar y usar formulas matematicas? PASCAL, PITAGORAS, NEWTON, LABLANCHE
No hay diferencia en derechos de Autor, El que hace el programa o la persona que hace la aplicacion para poder Crakear
Que para uno es a veces molesto que le FUSILEN o copien aplicaciones que uno hace, es cierto, pero eso ayuda a diseñar herramientas para no hacer tan simple esa primera copia facil.
Las copias de Musica o de videos, nunca van a ser de igual calidad que el original, por la misma razon que lo que importa es cantidad y no calidad.
El ingenio del Hombre supera la capacidad de razonamiento y de limites legales de la mente humana, lo curioso es que la mayoria de las veces son para provecho y enrequecimiento personal.

Si fuera tan estricto e imposible la copia, Yo creo que la iglesia catolica, seria una superpotencia a igual que los Judios, PUES cuantas Copias mutiladas de la Biblia no han salido de los textos originales.

El copy Paste es una funcion inata en el hombre de sacar provecho a trabajos, elaborados con anterioridad, por eso es la diferencia entre los que inventan y diseñan.

El cientifici Elkin Patarroyo, una ves decia, YO NO INVENTE NADA , yo acomode procedimientos y elementos que ya estaban, El cientifico es la persona que sabe acomodar los elementos y usar sus leyes en el momento y lugar apropiado

Antonio
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llazcano13
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MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 4:21 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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Entiendo su enojo contra las grandes disqueras y artistas muy famosos que persiguen la piratería, mientras tienen grandes ganancias.

Pero, que pasa por ejemplo con los artistas que con mucho esfuerzo, disciplina y su talento, van subiendo, y de repente tienen algún éxito? Ese éxito se vende al público por la piratería, y las ganancias no le llegan al artista, que tiene derecho a vivir de su trabajo. Esto forma un círculo vicioso y desmotiva a los artistas a vivir de su vocación.

Esto me lo hicieron entender unos amigos, que eran dueños de un modesto estudio de grabación, donde habían lanzado casettes y algunos CDs de grupos poco conocidos, pero su negocio se vino abajo por la piratería, que le da en la torre a artistas y disqueras como estas.

También veamos el otro lado de la moneda, yo creo que si tiene algo de verdad el slogan de que "la piratería está matando la música"


Y también me acuso de haber comprado programas y casettes piratas hace años, pero con el tiempo entendí que no estaba haciendo algo ético y era honrado, así que empecé a comprar CDs originales, no tengo muchos, pero lo prefiero así.

Lo mismo aplica para las personas que buscan justificarse de no pagar impuestos o servicios como agua y luz "porque el Gobierno es un ratero, y de todas maneras roban mucho más". Eso es un pretexto mediocre y en mi opinión no es digno de un cristiano
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micaela
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MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 4:48 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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tomar algo que no te pertenece SIN PERMISO

ES PECADO!!!!!!!!!!!!!!!!

aca en la china y en el polo norte

y lo que hagan las disqueras o los otros que nombraron
es asunto de ellos

repito:

tomar algo que no te pertenece SIN PERMISO

ES PECADO!!!!!!!!!!!!!!!!

frio o caliente?????????

tibio noooooooooooooooooo
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micaela
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Registrado: 05 Dic 2005
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Ubicación: Argentina

MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 4:51 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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pd: coincido totalmente con llazcano
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Bruno
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Registrado: 03 Oct 2005
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MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 4:55 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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Les voy a dar mi opinion desde la perspectiva del creador.

Generalmente se invierten de tres a seis meses para crear un software de tamaño pequeño. El trabajo consiste en primero indagar que es lo que se quiere solucionar, hay que hacer un verdadero trabajo detectivesco para lograrlo, despues uno se mete de lleno en la etapa de diseño, para pasar a la etapa de producción. Pero estas etapas no son sucesivas, al principio si, pero conforme avanza y se complica el proyecto (o sea siempre) hay que estar haciendo los tres trabajos a la vez. Finalmente llego el plazo marcado por uno mismo o traves de un ultimatum para entregar el proyecto, que puede ser un CD.

En mi caso he desarrollado un software para consultorios medicos que si bien cabe en un CD, el costo de haberlo desarrollado, producido y maquetado, no se lo puedo endosar a un solo cliente, sin contar los costos de mercadotecnia y ventas; asesoria postventa y mejora continua. Tengo que quemar ese CD varias veces para poder recuperar la inversión.

Y despues alguien con una mano en la cintura se roba uno de mis CD y empieza a venderlo a mitad de precio sin ofrecer ninguna garantia ni soporte postventa. Se imaginan que hubo un impacto negativo en mi bolsillo, ademas de un descredito, porque el otro tipo me creo mala fama. No me he podido recuperar, y de hecho tengo que invertir nuevamente para poder diferenciarme de mi propio producto y volver a tener la confianza del mercado, paradojico ¿no?

En mi caso he comprendido:

-- Que no importa que tan rico sea Bill Gates o Tony Mottola o George Lucas; detras de ellos hay todo un euqipo de profesionales y auxiliares que esperan un sueldo por su trabajo. Tal vez a ellos no les toquen regalias por ventas, pero si el mercado se contrae (no hay ventas debido a la pirateria), el dueño no puede recuperar su inversion o no le quedan ganas de seguir investigando y produciendo, por lo que todos estos profesionales y auxiliares se quedan sin trabajo.

-- El decir que bajar musica o software del Internet es como pedir prestado un disco, se equivoca rotundamente, muchos de los usuarios que ahi colocan los archivos lo hacen con todo el dolo de perjudicar a las compañias; aunque no obtengan ganancia alguna.

-- No le busquemos tres pies al gato cuando tiene cinco. Sin justificaciones, bajarse musica y software del Internet es pecado. Muchos lo hacen porque tienen el pensamiento de que las compañias son tan ricas que el que no les compres un CD no les perjudica en nada, ahi se esta actuando con cierta maldad. Siempre alguien sale perjudicado.

Detras del CD de software hay diseñadores, programadores, administrativos, gerentes, vendedores, etc.

Detras del CD de musica hay artistas graficos y musicales, productores, administradores, auxiliares, vendedores, etc.


Yo disfruto mucho cuando compro un CD de musica, disfruto tanto de trabajo visual en el booklet como del trabajo musical del artista, y asi quiero que siga. Si la pirateria se sigue expandiendo esto ya no va a ser posible.
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* Misero Servidor de Cristo

+ Como la suave brisa de Verano, asi es el soplo del Espíritu Santo
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manwhoisthursday
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Mensajes: 22
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MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 4:57 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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Otra pregunta relacionada:

¿Es pecado bajar un audiolibro que sé que podría bajar por el web de la biblioteca de la que soy miembro?

Habría podido bajarlo del web de esa biblioteca, pero fue mucho más fácil conseguirlo de otra manera (no hay que registrarse, etc).

Si me convencéis que es pecado, ¡tendré que borrarlo y conseguirlo de otra manera "más legal"! Por supuesto, valdría la pena para evitar el pecado.

En general, opino que sea legal/moral o no, este tema no tiene nada que ver con lo que pensamos sobre estas compañías. Sí, Microsoft demanda demasiado para sus programas, pero ¿eso justifica el robo? No es como si Microsoft Office fuera necesario para sobrevivir.

(Porque no soy hispanohablante nativo, agradeceré correciones y sugerencias a mi castellano.)
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"La libertad, Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos; con ella no pueden igualarse los tesoros que encierran la tierra y el mar: por la libertad, así como por la honra, se puede y debe aventurar la vida."
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Denis04
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Registrado: 06 Feb 2006
Mensajes: 308
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MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 7:41 pm    Asunto: Undelete
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
Responder citando

Holas
Hasta ahora distingo 2 posturas: los que pinsan que No es Pecado y los "otros".
Los Unos "piensan" que no saben bien donde está la frontera.
Los otros "Creen" que es la suya es la Verdad.
Si consideramos sólos a los limpios de corazón
Entonces, aquí no se puede aplicar la premisa que dice que, "Si todos están equivocados, Nadie está equivocado"
Definitivamente uno de los dos tiene razón pero no ambos.

puesto que en definitiva todos somos pecadores y consideramos que Jesus dijo: Si Sabes que es pecado y lo haces, tu pecado aumenta, entonces creo que son los que saben que es pecado y lo hacen quienes mayor pecado tienen, los sucios de corazón no son considerados en esta etapa.
Si ahora piensas y sabes que no perjudicas a nadie y crees que no es pecado, entonces Dios te ha iluminado y bendecido, pues no haces a otros lo que no desearías que hicieran contigo, no te dés por satisfecho.
Pero si no sabes a quien perjudicas, entonces duda y tendrás dos alternativas : saberte pecador o ignorar a Dios.
Saberte Pecador creo que no es tan malo como ignorar a Dios
pues Dios perdona los Pecados a los Limpios de Corazón
(los limpios de Corazón no se justifican en esto, en ese caso estas ignorando a Dios)
Ignorar a Dios creo que es más grave pues estás muy atrás en el camino de la Verdadera Fé.
Y por último quienes no son limpios de corazón, que se hallan lejos del camino a la felicidad tienen Apellido para que los distingan: El VICIO, ¿o acaso han visto algún vicioso feliz?
En definitiva sólo tienes una alternativa para no pecar, saber que no perjudicas a nadie, quien se diga lleno de Gracia y Sabiduría para saber esto podrá estar tranquilo, el resto de nosotros buscaremos ser limpios de corazón con la esperanza que Dios nos perdone.
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CONFIRMADO
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LucasGabriel
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Registrado: 07 Dic 2005
Mensajes: 723
Ubicación: Argentina - Córdoba

MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 10:04 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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En el 2004, 40 teólogos en el Vaticano habían dado una nueva lista de pecados informáticos.


"El uso de programas sin licencia, la creación y difusión de virus, los e-mails o mensajes electrónicos anónimos o con direcciones y datos falsificados, bajar música o películas ilegalmente y crear sitios pornográficos deberán ser confesados

Los fieles católicos tendrán que agregar a la lista que llevan al confesionario los pecados vinculados al uso de internet, según concluyó un encuentro de teólogos recientemente realizado en Italia.

Los "pecados informáticos" centraron una reunión de expertos en el santuario de San Gabriele di Isola del Gran Sasso en Teramo (Italia central), y luego en la Universidad Lateranense de Roma, donde la Conferencia Episcopal Italiana organizó por su parte un seminario sobre "Los medios de comunicación en la familia".

Bajo el tema "Redescubrir la cara de Cristo en el sacramento de la penitencia", los 40 teólogos de distintos países del mundo reunidos en Teramo analizaron entre sus temas principales la crisis que afronta el "sentido del pecado".

Con las nuevas modas, con el uso indiscriminado de los medios electrónicos y de Internet, el sentimiento de pecado ha caído en desuso o se ha relajado hasta el punto de que casi ha desaparecido en muchos individuos, se indicó, según la agencia de noticias DPA.

Por eso, la discusión intentó afrontar las nuevas realidades con las que se enfrenta un cristiano en el mundo de hoy y los pecados que de ella pueden derivarse.

Los "nuevos modos de pecar" van desde el uso indebido de la computadora, por ejemplo cuando se usan programas sin la correspondiente licencia, a la creación y difusión de virus informáticos, los e-mails o mensajes electrónicos anónimos o con direcciones y datos falsificados, bajar de Internet música o películas ilegalmente o robar programas informáticos de alguna manera.

También es considerado pecado el "spam" o e-mail basura, de publicidad o no, que llena los correos electrónicos de medio mundo.

La lista también incluye a los "hackers", que violan la privacidad y la seguridad de los sistemas informáticos y, entre los pecados más graves, la creación de sitios Internet pornográficos y el uso de ellos así como el hecho de abusar de las líneas de chat dando falsas informaciones sobre la propia persona".

Confused Confused Confused
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Mallinois
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MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 10:40 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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Si el Estado define una ley que no es moralmente reprochable hay deber de obedecerla.

Se debe obediencia al Estado porque su autoridad viene de Dios. Y Dios espera que nosotros seamos obedientes. La única causa lícita de desobediencia son los casos de conciencia. Y, desde luego, no es pecado no descargar música ilegal.

En las preces universales de la Eucaristía solemos rezar por nuestros gobernantes. Esta tradición viene de muy antiguo. Y es por esta razón.

También deberíamos rezar por los que se niegan a obedecer a los que representan la autoridad de Dios aunque estos representantes no sean cristianos.
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micaela
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MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 10:56 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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entonces todos a confesarse juas

vamos vamos que hay varios los estoy viendo


obviamente me incluyo jeje













pd: donde esta rodrigo?? Rolling Eyes
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vonkleist
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MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 10:57 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
Responder citando

Obtener sin pagar algo que se vende es robo, y como han dicho, el robo es pecado.

Es ilegal, inmoral y anticristiano.

Anteponer a eso cualquier justificación para llevar a cabo este delito es simplemente relativizar el fondo del asunto.

Saludos.
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vonkleist
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llazcano13
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MensajePublicado: Jue Mar 02, 2006 11:16 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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A la lista de pecados informáticos que publico el Vaticano y puso LucasGabriel, ustedes creen que podríamos agregarnos quienes usamos el internet en la oficina para usos personales, siendo que los reglamentos dicen que es para uso de negocio solamente? Aunque sea para usos buenos y constructivos, pero no productivos?



Voy a aprovechar el tema para plantearles mi caso, a ver que opinan.


Es para mí un conflicto, seguido me confieso de no aprovechar bien el tiempo en mi trabajo porque me he vuelto adicto a los foros como este.

Les he insistido a mis jefes que definan reglas más claras aquí en el trabajo para regular el uso personal de internet, que son muy ambiguas, pero no lo han hecho.

Y lo malo (pero bueno a la vez),es que yo no tengo presión para entregar resultados de trabajo.
Administro mi tiempo como yo quiero. Mi jefe no está al pendiente de lo que hago ni supervisa mis resultados; únicamente mi cliente que está en Estados Unidos, quien rara vez me presiona, y por lo general no me hace comentarios, o está satisfecho con mis reportes semanales.

Puede parecer un trabajo fabuloso para quienes viven agobiados por el estrés, pero seguido me desmotivo porque la empresa camina muy lento y aunque yo me esfuerze por ser productivo (he llegado a desconectar el cable de red, para enfocarme solamente a mi trabajo cuando no requiere que use el internet), aunque le eche ganas, me veo frenado por esta inercia. Crying or Very sad

Tengo muchas cosas buenas en este trabajo, que estoy seguro que Dios me mandó; pero tiene ese lado malo, que casi a diario siento frustración.

Estoy seguro de poder dar mucho más resultados, pero los sistemas de trabajo y actitudes de los gerentes (o están demasiado ocupados en otras cosas, o no le dan importancia a cambiar las cosas) hacen que todo vaya a paso de tortuga.

(y todo esto me preocupa sobretodo por el futuro de México, sabiendo como se están llendo inversiones y empresas a otros países asiáticos, donde si son competitivos y trabajan con más disciplina, calidad y a mejor costo) Exclamation

Ya se han iniciado en mi trabajo algunos proyectos de 6 sigma para mejorar la productividad, pero por la misma inercia que se tiene, no avanzan como deberían. Ya me he desgastado tratándo de hacerles ver las fallas, pero viendo la mala respuesta (que incluso me he ganado amonestaciones), he optado por hacer solamente mi chamba; pero como ven, me distraigo mucho.

Me he planteado evitar el internet personal por algunos días de la semana, y restringirlo sólo a ciertos horarios en los otros días, pero no tengo fuerza de voluntad, y vuelvo a lo mismo. Y como nadie le llama la atención a nadie, todo sigue igual.

Entiendo que muchos soñarían con un trabajo así, ya he vivido horarios extenuantes y mucho estrés en mis trabajos anteriores, y estoy muy conciente de que debería cuidar más mi trabajo, pero la falta de presión por dar resultados me hace comodino.




Bueno, ya me desahogué con ustedes, perdón por aburrirlos con mi aburrimiento. Neutral
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VICTOR_LOPEZ75
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Registrado: 18 Oct 2005
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MensajePublicado: Vie Mar 03, 2006 4:33 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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Benficiones a tod@s:

Me interesó la última participación del hermano llazcano13, tal parece que estaba leyendo lo que yo hago en mi trabajo, ¡hago exactamente lo mismo! Embarassed sólo que yo trabajo en una oficina de gobierno en México.
Burócrata 100% Cool

Por eso espero con ansias las respuestas a esta participación.
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Denis04
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MensajePublicado: Vie Mar 03, 2006 8:11 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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VICTOR_LOPEZ75 y llazcano13 espero que hayan leido mi anterior intervención pues allí hablo de lo que me pasa y les pasa a uds.
Hay muchas formas de ver las cosas y a veces nos empecinamos en ver la peor.
En tu caso llazcano13 , si me permites humildemente; debes de admitir el Vicio para empezar el camino a la felicidad pues como ya sabes, un vicioso no es feliz, ser vicioso no es malo en si, como la necesidad no es mala en si, es sólo un sintoma y tu lo sabes pues reconoces tu falta de voluntad además has sido honesto así que podrás llegar a ser limpio de corazón y pedir perdón a Dios y madurar en la Fé así podrás hacer lo que te gusta sin sentirte pecador, en cuanto a los problemas en tu trabajo
hay trabajos que son así, tu misión es estar allí, tu no creaste ese trabajo y a menos que lleges a jefe no podrás cambiar la perspectuva de los tuyos, no te aconsejo que seas conformista sino que sientas en tu Vocación como puedes aportar sin sentirte frustrado pues no es bueno sentirse así, yo en mi caso estoy aprendiendo y me di un plazo de un año luego me buscaré otro trabajo mejor remunerado y usando lo que he aprendido, ya no me importa no ser valorado en mi trabajo actual pues compito conmigo mismo(no significa que sea irresponsable), además el reconocimiento es como la espada de damocles y sólo es fruto para las almas preparadas para el resto sabe a hiel y veneno, tampoco me importa si no veo un Pc en mucho tiempo, pues ya mi primer paso se habrá dado, ruego porque sea así.
Ten fé llazcano
Victor lopez si entendiste la idea entonces sabes que no debieras sentirte avergonzado a menos que sientas que estas perjudicando a alguien, aunque sea a tí mismo, lo que haces no es malo si salvas el riesgo de caer en el vicio, en cuyo caso te sentirás culpable y estarás ocultando una verdad, al final estarás metido en algún triangulo del que no podrás actuar y estarás a merced de los acontecimientos, la defensa para todo esto parece fácil: La madurez, en especial la madures en la fé que es la que te servirá en el más allá.
si piensan que en la madurez sólo existe la seriedad o es algo inalcanzable están equivocado pues una de las máximas de la madurez es: mucho libertinaje pudre el alma y muchas privaciones estanca el espíritu, en resumen ser maduro es estar centrado en uno mismo y eso si que es un logro.
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VICTOR_LOPEZ75
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MensajePublicado: Vie Mar 03, 2006 9:01 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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Hermana Denis

Gracias por tu consejo, la verdad lo tomaré bastante en cuenta y bueno, reflexionando un poco trataré de no enajerme tanto en el Internet, lo malo es que como decian en otro aporte, estos foros hacen que a veces te la pases leyendo y aprendiendo mucho, asi sea en horas de trabajo Laughing

Bendiciones
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llazcano13
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MensajePublicado: Vie Mar 03, 2006 9:39 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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Muchas gracias Denis, a mi también me sirven esos consejos.
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Denis04
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MensajePublicado: Vie Mar 03, 2006 9:41 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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No te impacientes puedes hacer todo lo que te gusta si sigues el camino de la Fé, la sabiduría está al alcance de todos sólo basta encontrar la herramienta adecuada y saberla usar, internet puede ser una de estas herramientas siempre que no temas prescindir de ella, así sea en horas de trabajo. Smile
Otra cosa, Soy tu hermano en la Fé o a si lo dice mi Señora. Very Happy
Saludos
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Denis04
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MensajePublicado: Vie Mar 03, 2006 9:43 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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Su servidor...
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Dani-m98
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MensajePublicado: Sab Mar 04, 2006 9:33 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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Solo son leyes de hombres, solo es pecado ante estas leyes, pero no ante las leyes de Dios, ten por seguro que Dios destruiria todo aquello que fuese anti-natural, anti-natural es todo aquello que no es natural, una pelicula, un CDS, un televisor, un ordenador, lo anti-natural es la muerte y lo natural es lo puro la vida, Dios esta con lo natural que es la vida y el diablo esta con lo anti-natural que es la muerte, la tecnologia y el progreso, que son los frutos seductores del diablo, que el que los prueva se queda impregnado y atrapado ante su falsa maravilla, maravilla engañosa anti-natural, que trata de imitar la autentica vida, la vida real, pues en lo anti-natural, todo es mentira pues no hay nada de verdad, todo aquel que rechace la mentira y la seducion, escojera el camino de la verdad, que es la palabra de cristo, la vida esta en la calle y no enfrente al televisor y el ordenador. no adorar a la estatua de la bestia que te mata tu interior.
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EduaRod
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MensajePublicado: Dom Mar 05, 2006 6:48 am    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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Estimados hermanos en Cristo:

Me parece que no perciben del todo la complejidad del tema que están tratando. El cual, por demás, es sumamente interesante y de caracter bastante práctico para la mayor parte de nosotros, si no es que de todos.

En primer lugar dejenme comentar que es un craso error el igualar la legalidad con la moral, incluso si esto se hace poniendo a salvo ciertos casos extremos de leyes perversas. Con toda claridad permítanme decir que la cosa no funciona así:
La moralidad de un acto depende de su bondad intrínseca, es decir, de cómo se compara ese acto con respecto al deber ser MORAL, y NO con el deber ser LEGAL, que es el marcado por la ley. Y aunque una ley en determinadas circunstancias pueda llegar a formar parte indirectamente de esta bondad o deber ser moral, NUNCA deberá confundirse con el mismo. Por tanto, y por mucho que le pese a nuestros endiosados Estados laicos y ateos que quieren erigir las leyes en normas supremas del comportamiento de todos: La ley NO DEFINE, NI PUEDE DEFINIR la moral. A lo mucho puede (y debería) tratar de REFLEJARLA. Es decir, en un Estado sensato, la ley sigue a la moral, ¡y no al revés! pese a la idea que los spots publicitarios de los pseudovalores de la sociedad laica pretenden imponernos.
Y permitanme insistir en que esto no sólo aplica para "casos extremos" de leyes persecutorias o gravemente ofensivas a la dignidad humana (p.ej. abortistas). Pretender erigir las leyes "no persecutorias" en criterio moral bajo el argumento de que la autoridad está para cuidar el orden público y, por tanto, desobedecerle es SIEMPRE una alteración grave al orden público y, en consecuencia, un acto pecaminoso, es un sofisma. ¿Por qué? ¡Pues precisamente porque no toda desobediencia a la ley lleva consigo la intención o el efecto de alterar el orden público!
Veamos un ejemplo que espero nos lo permita entender con mayor claridad:

Supongamos que llega una persona a un crucero de caminos regulado por un semáforo y lo encuentra en rojo (alto). En el lugar donde está, la ley únicamente establece, sin considerar excepción alguna, que debe detenerse ante la luz roja del semáforo. Ahora bien, resulta que esta persona voltea a ambos lados y comprueba, sin la menor posibilidad de error que nadie puede cruzar por la otra calle en ese momento (las calles están claramente despejadas y desiertas en cientos de metros y los siguientes cruceros a los lados están también lejanos, de modo que no puede ocurrir que un auto no visible aparezca de improviso). Pues bien, nuestro amigo conductor, que no es muy paciente, decide entonces no respetar la luz del semáforo y cruzar.
Analicemos ahora: ¿Era su intención alterar el orden público? No, por eso se detuvo originalmente y verificó que era seguro cruzar. ¿Lo alteró? No, nadie pasó, ni se vió afectado. ¿Fue ilegal lo que hizo? Definitivamente SI: la ley lo prohibía. NO ES UN BUEN CIUDADANO, pero... ¿PECÓ? DEFINITIVAMENTE NO: no hay norma moral alguna que intrínsecamente impida pasar una luz roja, ni tampoco la obligatoriedad de la ley afectaba el terreno moral, pues nuestro amigo SE ASEGURÓ de NO alterar el orden público. No ignoro que a algunos les costará trabajo aceptar esto (sobre todo a los licenciados en derecho Wink ), pues dirán ¿qué acaso la desobediencia a una ley razonable no fue en sí misma un acto desordenado? Pero ESE es justamente el punto: ¡no lo fué! ¿Por qué? Porque el valor objetivo que pretendía cuidar la ley fue respetado, de modo que el acto fue moralmente correcto pese a haber sido ilegal.

Ahora bien, atrás de este conductor viene otro que solamente vé que el de adelante ya cruzó con todo y luz roja, por lo que, en lugar de disminuir la velocidad, decide cruzar detrás y lo hace.
Analicemos ahora a este segundo conductor ¿Le importó el orden público? NO: no hizo nada por asegurarse de que él podía pasar de manera segura, por tanto TUVO INTENCIÓN de alterar el orden público. ¿Lo alteró? NO: nadie venía por la otra calle. ¿Hizo algo ilegal? Definitivamente sí: la ley lo prohibía. NO ES UN BUEN CIUDADANO, pero... ¿Pecó? DEFINITIVAMENTE SÍ: morlamente es culpable de una negligencia criminal que, potencialmente, pudo causar un daño severo a sí mismo y a otras personas. ¿Su pecado es del mismo grado o gravedad que el de aquel que, en una circunstancia similar hubiera chocado y dañado realmente a alguien? Definitivamente NO: pese a que la intención es equivalente, la materia objetiva del daño es nula, mientras que, en el caso del que si chocó es tan grave como graves hayan sido los daños; lo cual hace que este último caso sea de gravedad mucho mayor al del "daño hipotético".
¿Queda claro? El pecado está en arriesgarse a alterar el orden público al desobedecer a la autoridad real (¡aún cuando NO haya sido legítimamente constituida! pues de todas formas la autoridad ilegítima tiene a su cuidado el orden público). El pecado NO está entonces en la desobediencia misma, sino en el daño que se puede causar (a otros o a sí mismo).
Si hasta aquí alguien no está aún del todo convencido, pongamos un ejemplo mucho más claro que dudo mucho lo contemple la ley de la mayor parte de los países y ciudades: un sacerdote que se pase la luz roja, previa revisión de que es seguro hacerlo, con el fin de llegar a tiempo para administrar los sacramentos a un moribundo. He aquí un claro ejemplo de cómo una ley buena, diseñada para el legítimo cuidado del orden público, puede, en determinadas circunstancias, no sólo no favorecer o ser indiferente, sino incluso oponerse al bien moral.

En mi formación escolar marista claramente se hacía esta distinción cuando se nos decía que el ideal marista pretendía formar: "Buenos Cristianos Y Virtuosos Ciudadanos". Es decir, NO es lo mismo una cosa que la otra (aunque, obviamente, hay puntos de coincidencia): se puede llegar a ser un buen cristiano sin ser necesariamente el ciudadano ejemplar.
¡Pero cuidado! eso NO QUITA que ser buen ciudadano usualmente sea también bueno en sí mismo (por eso nos querían dar LAS DOS COSAS), y en consecuencia y para el mayor pesar de los "Giga-culpables" Wink nadie está aquí invitando a pasarse semáforos o a copiar software o música de forma indiscriminada: eso, si bien quizá no pecadores, al menos los hace malos ciudadanos.
Concluyendo el punto entonces, el hecho de que algo sea ilegal, aún en contra de leyes sensatas; NO lo hace pecado en automático. Se requiere analizar las circunstancias, y esto ni siquiera en el sentido de "verificar si se cumple con el espíritu de la ley"; sino estrictamente en el sentido de verificar si el acto mismo tenía implicaciones morales o no. En general, podemos decir que el papel que jugará la ley en el acto moral es el de "advertencia". Es decir, quien por la ley supo que algo potencialmente podía estar mal en su acción, y por negligencia no lo analizó, ya no puede clamar para sí ignorancia invencible que le exima de culpabilidad moral. Pero insisto, esto únicamente en la medida en que la ley siga a la moral. Si la ley excede a la moral en cualquier sentido, desobedecerla no afecta a la moral. Es por esto mismo que, como bien sabemos, si ocurre lo contrario, es decir, si la ley no prohibe un acto inmoral, tampoco se puede alegar la legalidad del acto para justificar su bondad moral. Si esto último nos es claro, con igual razón debe ser el sentido inverso que hemos analizado antes.

Ahora bien y para tocar otro punto muy distinto que agrega complejidad al asunto: ¿de verdad todo lo que se nos dice que es "piratería", es ilegal?
Veamos: esto depende de cada país. En Hungría, por ejemplo, al menos hasta hace muy poco (no estoy seguro de que siga siendo así), no era ilegal dedicarse a hacer virus informáticos, por los que muchos ahí se dedicaban a esta "noble actividad" sin el menor cargo de conciencia (¿ven el otro problema que acarrea confundir legalidad con moralidad?).

Por ello y como una referencia relativamente extrema, tomemos un caso donde las productoras transnacionales han logrado presionar al gobierno a hacer leyes proteccionistas totalmente a su favor. El caso de mi querido México y su Ley Federal de Derechos de Autor (algunos artículos de la ley se reproducen de manera parcial).

Primero veamos como "protege" la ley los derechos del artista:

Cita:

Artículo 5º.- La protección que otorga esta Ley se concede a las obras desde el momento en que hayan sido fijadas en un soporte material, independientemente del mérito, destino o modo de expresión.

Artículo 118.- Los artistas intérpretes o ejecutantes tienen el derecho de oponerse a:
I. La comunicación pública de sus interpretaciones o ejecuciones;
II. La fijación de sus interpretaciones o ejecuciones sobre una base material, y
III. La reproducción de la fijación de sus interpretaciones o ejecuciones.
Estos derechos se consideran agotados una vez que el artista intérprete o ejecutante haya autorizado la incorporación de su actuación o interpretación en una fijación visual, sonora o audiovisual.

Traducción al español: los derechos del artista desaparecen una vez que ha cometido "el grave error" de permitir que alguien lo grabe y distribuya. Ahora que, si para no ceder sus derechos, el artista decide no ser grabado...¡pues entonces y de acuerdo al artículo 5to no goza de protección alguna de la ley! De modo que ese cuento de que "se están protegiendo los derechos del artista"... ¡pues que se los crea su tatarabuelita! (y quien sabe si incluso ella sea tan inocente Wink ).
Ahora bien, el que sea cuestionable la manera en que las productoras se apropian de los derechos del autor original no justifica en modo alguno realizar actos en contra de ellas que realmente constituyan un robo. Un robo nunca podrá anular la maldad de otro, al contrario, agrega al conjunto del desorden social. Por eso el dicho popular de "ladrón que roba a ladrón tiene cien años de perdón" debería ser seguido por un "y después de los cien años ¡una eternidad de condenación!".
Pero, por otra parte, lo que si queda claro, es que no todo acto en contra de una productora realmente consituye robo ¡ni mucho menos una afectación a los intereses del autor o artista original!

Ahora, con todo y esa sobreprotección sobre "los derechos" de la productora, veamos otros interesantes artículos:
Cita:
Artículo 102.- Los programas de computación se protegen en los mismos términos que las obras literarias. Dicha protección se extiende tanto a los programas operativos como a los programas aplicativos, ya sea en forma de código fuente o de código objeto.

Artículo 147.- Se considera de utilidad pública la publicación o traducción de obras literarias o artísticas necesarias para el adelanto de la ciencia, la cultura y la educación nacionales. Cuando no sea posible obtener el consentimiento del titular de los derechos patrimoniales correspondientes, y mediante el pago de una remuneración compensatoria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Educación Pública, de oficio o a petición de parte, podrá autorizar la publicación o traducción mencionada.

Artículo 148.- Las obras literarias y artísticas ya divulgadas podrán utilizarse, siempre que no se afecte la explotación normal de la obra, sin autorización del titular del derecho patrimonial y sin remuneración, citando invariablemente la fuente y sin alterar la obra, sólo en los siguientes casos:
I. Cita de textos, siempre que la cantidad tomada no pueda considerarse como una reproducción simulada y sustancial del contenido de la obra;
II. Reproducción de artículos, fotografías, ilustraciones y comentarios referentes a acontecimientos de actualidad, publicados por la prensa o difundidos por la radio o la televisión, o cualquier otro medio de difusión, si esto no hubiere sido expresamente prohibido por el titular del derecho;
III. Reproducción de partes de la obra, para la crítica e investigación científica, literaria o artística;
(... ¡y hay mucho otros más!)

Artículo 151.- No constituyen violaciones a los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes, productores de fonogramas, de videográmas u organismos de radiodifusión la utilización de sus actuaciones, fonogramas, videográmas o emisiones, cuando:
I. No se persiga un beneficio económico directo;
II. Se trate de breves fragmentos utilizados en informaciones sobre sucesos de actualidad;
III. Sea con fines de enseñanza o investigación científica, o
IV. Se trate de los casos previstos en los artículos 147, 148 y 149 de la presente Ley.



¿Quiere decir que, por ejemplo, si soy científico o maestro soy un santo, pero si hago lo mismo que ellos pero no soy ni científico, ni maestro soy un malvado pecador?
Como ven, ¡la cosa no es tan simple como las productoras multinacionales nos la quieren vender!
¿En qué se fundamentan estas excepciones que no pudieron ser eliminadas incluso de una ley fuertemente cargada a favorecer a las productoras?
Digamos que el principio fundamental es que nuestra civilización y cultura dependen en gran medida del conocimiento con el que cuentan, dentro del cual, de una manera genérica, podemos incluir la producción artística. Por ello, si bien no de manera del todo perfecta, nuestra civilización ha buscado siempre el proteger y desarrollar tal legado cultural. En este ánimo, a lo largo de los siglos, diferentes personas e instituciones han prestado toda clase de ayudas a las personas que se dedican a desarrollarlo. En la actualidad, es clara la distinción que se hace en casi cualquier ámbito de las personas que se dedican a realizar una explotación comercial del conocimiento existente, con respecto a las que se dedican a desarrollarlo. Estas distinciones son claramente visibles, por ejemplo, en los artículos de la ley antes citados.
Ahora bien, este apoyo extraordinario que se da a quien busca desarrollar el legado cultural se hace bajo una premisa fundamental: que las extensiones a ese conocimiento o legado cultural que esta persona pueda desarrollar, pasen eventualmente a formar parte del mismo, logrando así enriquecerlo. De esta manera todo conocimiento es, en cierto sentido, patrimonio de la humanidad. Por eso es que los derechos prescriben (en el caso de la ley mexicana, a los 65 años de la muerte del autor). Pues si se tratara de una propiedad "absoluta" como es el caso de una casa o un objeto, estos bienes podrían ser heredables indefinidamente. Pero como el conocimiento se ha desarrollado a partir de un patrimonio común que se ha proporcionado escencialmente sin costo al desarrollador (los costos usualmente son por el material, o por el salario del maestro, no por el conocimiento mismo), entonces el desarrollo no es patrimonio exclusivo del desarrollador, sino que la sociedad es también partícipe de él.
Por otra parte, es claro que el desarrollador SI ha aportado un trabajo propio y original. A la vez que también es claro que, si está dedicando su tiempo y trabajo a fortalecer y enriquecer el legado cultural, la sociedad está en cierta medida también en deuda con el desarrollador. Estos dos factores son los que buscan defender los derechos de autor, NO una propiedad absoluta del conocimiento. Por tanto, si la sociedad logra garantizar al desarrollador una adecuada remuneración por su trabajo; la misma sociedad, que es en última instancia la depositaria del conocimiento desarrollado, puede disponer del mismo a discreción. Lo cual usualmente significa restringir el acceso a los que buscan realizar una explotación comercial, de tal manera que el desarrollador tenga garantizado el pago por su trabajo; pero a la vez facilitar el acceso de aquellos que buscan tan sólo adquirir el conocimiento para a su vez contribuir sobre él. De ahí las ventaja que se suele proporcionar a científicos, estudiantes y maestros. Ventajas que, en salvaguarda de los principios básicos antes mencionados, ni siquiera una ley tan ventajista en favor de las productoras como la mexicana, ha aceptado eliminar.
Estos principios nos permiten establecer un criterio moral básico al respecto:
1. Si el uso que se le piensa dar tiene un fin comercial u otro fin cualquiera que en forma seria y directa atente contra el legítimo derecho del desarrollador a recibir un pago por su trabajo, entonces si podría configurarse una falla moral seria relativa al despojo que se está haciendo al desarrollador.
2. Si, como hemos visto, la acción no vulnera los derechos del autor, puesto que, por ejemplo, éste ya recibió un pago fijo por su trabajo. Entonces podría existir un robo en contra de la productora o distribuidora tan sólo en la medida que se afectara el legítimo pago por su propia contribución (p.ej. el material físico en el que se encuentra la obra, el pago que le corresponde por un trabajo de edición o compilación sobre las obras artísticas, etc.).
3. Las dos anteriores casi se identifican con el hecho de buscar un lucro directo de la obra. Ya sea vendiéndola, o comprándola más barata. Un caso curioso es que realmente no se afectaría la retribución del artista por medio de una copia gratuita hecha en beneficio de alguien que definitivamente no la compraría en ningún lugar si no tuviera acceso a la copia prestada.
4. Los casos en que existe una posibilidad de acceso a la obra en forma gratuita, pero no por otro medio, no afectan a la moral siempre y cuando el objetivo del uso sea el mismo que se hubiera tenido en el caso original. Es decir, si yo trabajo en un instituto de investigación, donde tengo acceso a una copia gratuita de una revista. Pero encuentro la revista estando de visita en la oficina de un amigo, donde en teoría no se tiene tal acceso gratuito, y ahí decido sacar la copia para ahorrarme el trabajo de buscarla en el instituto de investigación, pero mantengo la intención de usarla para mis fines de investigación; pues no hay falta moral en ello. Por el contrario, incluso si la saco en el instituto, pero mi objetivo es realizar una explotación comercial que dañará seriamente los intereses del autor, pues entonces aunque la adquisición haya sido legal, si hay falta moral.
5. Si mi objetivo entonces es desarrollar el conocimiento, en general no tengo que tener muchos escrúpulos al respecto, pues como vimos, incluso las leyes me protegen.
6. Si mi objetivo es el entretenimiento personal, pues aquí estamos en la frontera donde es más dificil discernir si hay falta moral o no. El punto es que, aunque las obras artísticas están pensadas para obtener una parte importante de su retribución a través de este tipo de entretenimiento; por otro lado se podría alegar que el entretenimiento es una forma de aprender y enriquecer mi cultura, por lo que me predispone a desarrollar nuevo conocimiento. Aquí los dos criterios que me parecería sensato usar son: a) si yo estaría dispuesto a pagar por la obra si no tuviera el acceso gratuito, debería hacerlo de todos modos; b) si realmente pienso desarrollar conocimiento (NO fusilarme la obra, sino aprender de ella para hacer algo nuevo), entonces me aplican los criterios de aprendizaje; pero si la verdad es que no voy a desarrollar nada, sino tan sólo me quiero entretener, entonces si debería pagar.

Un tercer factor que agrega más elementos a la complejidad del problema es que la piratería no siempre perjudica a las productoras. De hecho, muchas veces equivale a publicidad y las beneficia, claro, siempre y cuando sea controlada dentro de ciertos límites. Esto ha llevado a algunos a especular que son las mismas mega-productoras las que promueven veladamente la piratería. Yo no me atrevería a ir tan lejos, pero si a afirmar que eso explica bien por que hacen campañas aparentemente tan estrictas (control) pero en la práctica realmente no toman con verdadera energía las acciones requeridas para erradicar el problema. Los beneficios para las productoras serían los siguientes:
a) hacerse de una ganancia adicional sin pagarle al artista/programador (esto sería solamente aceptando la teoría conspiracionista, donde el vendedor pirata sería un canal de distribución alterno para la productora)
b) generalizar en el público el gusto por el mismo artista/programa; gusto que luego explotarán de otras maneras: mediante mayores ventas entre los que sí acostumbran pagar el disco; venta de llaveros, playeras, muñequitos, etc. En el caso del programa, esta recuperación de da al volver el producto un "de facto standard" (estándar de hecho), lo que utilizarán para consolidar la posición de otro producto en el mercado. Incluso esta técnica a veces la usan de manera oficial: todos sabemos que el formato pdf puede ser leido de manera gratuita, ¡ahí no está el negocio! El negocio real está en venderle el programa para generar el formato a aquellos que les interesa promover sus documentos en este formato.
c) "tronar" a las miniproductoras como la de los amigos de Ilazcano, haciendose del control del artista una vez que gustó a través de la piratería, de modo que ya es popular y famoso y se le puede ganar, más que invertirle.


Finalmente otro punto importante con respecto al tema de los recursos de la empresa (aunque también puede aplicarse al de la "piratería"):
Recuerden que el bautismo nos hace sacerdotes, profetas y reyes.
Los dos primeros en general son bastante entendidos y mencionados, por lo que no detallaremos sobre ellos ahora; pero el tercero no. Incluso en los sermones de sacerdotes en ceremonias de bautismo, al hablar del significado de estos atributos, generalmente hablan de que somos reyes casi como si se tratara de "un adorno" que nos confiere cierta dignidad, pero sin implicaciones prácticas. ¡Nada más lejos de la realidad! Ser reyes significa ser Reyes con Cristo. Y si Cristo es el rey del universo, es significa que nosotros, al reinar con Él, tenemos también potestad sobre toda la creación y podemos disponer de ella. Pero ¡cuidado! No se me lancen a hacer y deshacer desmanes por todos lados porque son reyes en Cristo (somos reyes, no "juniors" Wink ): Cristo es un buen Rey, por eso dispone de su creación de manera ordenada y para el bien de sus creaturas, NO de manera déspota y egoísta. Por tanto, si reinamos con Cristo, debemos disponer de las cosas de la creación de esa misma manera: no se puede hacer un uso ordenado y benéfico de la creación pasando a través de una injusticia y eso impone muchas "limitaciones prácticas" a una mal entendida potestad real.
Para ponerlo en blanco y negro:
1. No puedo hacer uso de los elementos que pone a mi disposición la empresa para defraudarla no haciendo con ellos mi trabajo a tiempo, el que dejaría pendiente y esperando. La empresa, al ser la que me proporcionó los medios, salvo una situación de verdadera urgencia y seriedad, tiene prioridad sobre cualquier otra cosa.
2. Una causa justa y seria puede entonces incluso justificar que relegue a segundo término esa chamba que tengo pendiente, pero en justicia luego debo restituir el tiempo utilizado, pues se me está pagando.
3. Si con todo, ocurre que de repente mi jefe no es muy avispado y me deja periodos en los que "no tengo nada mejor que hacer" y puedo usar de esos medios para una verdadera edificación personal o del prójimo, entonces tengo plena autoridad moral para realizar ese uso. Claro, si el patrón me descubre, no es muy probable que este argumento lo convencerá del todo, por lo que también debemos hacer uso de prudencia al respecto.

Que Dios los bendiga
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EduaRod
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MensajePublicado: Dom Mar 05, 2006 6:49 am    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
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Estimados hermanos en Cristo:

Me parece que no perciben del todo la complejidad del tema que están tratando. El cual, por demás, es sumamente interesante y de caracter bastante práctico para la mayor parte de nosotros, si no es que de todos.

En primer lugar dejenme comentar que es un craso error el igualar la legalidad con la moral, incluso si esto se hace poniendo a salvo ciertos casos extremos de leyes perversas. Con toda claridad permítanme decir que la cosa no funciona así:
La moralidad de un acto depende de su bondad intrínseca, es decir, de cómo se compara ese acto con respecto al deber ser MORAL, y NO con el deber ser LEGAL, que es el marcado por la ley. Y aunque una ley en determinadas circunstancias pueda llegar a formar parte indirectamente de esta bondad o deber ser moral, NUNCA deberá confundirse con el mismo. Por tanto, y por mucho que le pese a nuestros endiosados Estados laicos y ateos que quieren erigir las leyes en normas supremas del comportamiento de todos: La ley NO DEFINE, NI PUEDE DEFINIR la moral. A lo mucho puede (y debería) tratar de REFLEJARLA. Es decir, en un Estado sensato, la ley sigue a la moral, ¡y no al revés! pese a la idea que los spots publicitarios de los pseudovalores de la sociedad laica pretenden imponernos.
Y permitanme insistir en que esto no sólo aplica para "casos extremos" de leyes persecutorias o gravemente ofensivas a la dignidad humana (p.ej. abortistas). Pretender erigir las leyes "no persecutorias" en criterio moral bajo el argumento de que la autoridad está para cuidar el orden público y, por tanto, desobedecerle es SIEMPRE una alteración grave al orden público y, en consecuencia, un acto pecaminoso, es un sofisma. ¿Por qué? ¡Pues precisamente porque no toda desobediencia a la ley lleva consigo la intención o el efecto de alterar el orden público!
Veamos un ejemplo que espero nos lo permita entender con mayor claridad:

Supongamos que llega una persona a un crucero de caminos regulado por un semáforo y lo encuentra en rojo (alto). En el lugar donde está, la ley únicamente establece, sin considerar excepción alguna, que debe detenerse ante la luz roja del semáforo. Ahora bien, resulta que esta persona voltea a ambos lados y comprueba, sin la menor posibilidad de error que nadie puede cruzar por la otra calle en ese momento (las calles están claramente despejadas y desiertas en cientos de metros y los siguientes cruceros a los lados están también lejanos, de modo que no puede ocurrir que un auto no visible aparezca de improviso). Pues bien, nuestro amigo conductor, que no es muy paciente, decide entonces no respetar la luz del semáforo y cruzar.
Analicemos ahora: ¿Era su intención alterar el orden público? No, por eso se detuvo originalmente y verificó que era seguro cruzar. ¿Lo alteró? No, nadie pasó, ni se vió afectado. ¿Fue ilegal lo que hizo? Definitivamente SI: la ley lo prohibía. NO ES UN BUEN CIUDADANO, pero... ¿PECÓ? DEFINITIVAMENTE NO: no hay norma moral alguna que intrínsecamente impida pasar una luz roja, ni tampoco la obligatoriedad de la ley afectaba el terreno moral, pues nuestro amigo SE ASEGURÓ de NO alterar el orden público. No ignoro que a algunos les costará trabajo aceptar esto (sobre todo a los licenciados en derecho Wink ), pues dirán ¿qué acaso la desobediencia a una ley razonable no fue en sí misma un acto desordenado? Pero ESE es justamente el punto: ¡no lo fué! ¿Por qué? Porque el valor objetivo que pretendía cuidar la ley fue respetado, de modo que el acto fue moralmente correcto pese a haber sido ilegal.

Ahora bien, atrás de este conductor viene otro que solamente vé que el de adelante ya cruzó con todo y luz roja, por lo que, en lugar de disminuir la velocidad, decide cruzar detrás y lo hace.
Analicemos ahora a este segundo conductor ¿Le importó el orden público? NO: no hizo nada por asegurarse de que él podía pasar de manera segura, por tanto TUVO INTENCIÓN de alterar el orden público. ¿Lo alteró? NO: nadie venía por la otra calle. ¿Hizo algo ilegal? Definitivamente sí: la ley lo prohibía. NO ES UN BUEN CIUDADANO, pero... ¿Pecó? DEFINITIVAMENTE SÍ: morlamente es culpable de una negligencia criminal que, potencialmente, pudo causar un daño severo a sí mismo y a otras personas. ¿Su pecado es del mismo grado o gravedad que el de aquel que, en una circunstancia similar hubiera chocado y dañado realmente a alguien? Definitivamente NO: pese a que la intención es equivalente, la materia objetiva del daño es nula, mientras que, en el caso del que si chocó es tan grave como graves hayan sido los daños; lo cual hace que este último caso sea de gravedad mucho mayor al del "daño hipotético".
¿Queda claro? El pecado está en arriesgarse a alterar el orden público al desobedecer a la autoridad real (¡aún cuando NO haya sido legítimamente constituida! pues de todas formas la autoridad ilegítima tiene a su cuidado el orden público). El pecado NO está entonces en la desobediencia misma, sino en el daño que se puede causar (a otros o a sí mismo).
Si hasta aquí alguien no está aún del todo convencido, pongamos un ejemplo mucho más claro que dudo mucho lo contemple la ley de la mayor parte de los países y ciudades: un sacerdote que se pase la luz roja, previa revisión de que es seguro hacerlo, con el fin de llegar a tiempo para administrar los sacramentos a un moribundo. He aquí un claro ejemplo de cómo una ley buena, diseñada para el legítimo cuidado del orden público, puede, en determinadas circunstancias, no sólo no favorecer o ser indiferente, sino incluso oponerse al bien moral.

En mi formación escolar marista claramente se hacía esta distinción cuando se nos decía que el ideal marista pretendía formar: "Buenos Cristianos Y Virtuosos Ciudadanos". Es decir, NO es lo mismo una cosa que la otra (aunque, obviamente, hay puntos de coincidencia): se puede llegar a ser un buen cristiano sin ser necesariamente el ciudadano ejemplar.
¡Pero cuidado! eso NO QUITA que ser buen ciudadano usualmente sea también bueno en sí mismo (por eso nos querían dar LAS DOS COSAS), y en consecuencia y para el mayor pesar de los "Giga-culpables" Wink nadie está aquí invitando a pasarse semáforos o a copiar software o música de forma indiscriminada: eso, si bien quizá no pecadores, al menos los hace malos ciudadanos.
Concluyendo el punto entonces, el hecho de que algo sea ilegal, aún en contra de leyes sensatas; NO lo hace pecado en automático. Se requiere analizar las circunstancias, y esto ni siquiera en el sentido de "verificar si se cumple con el espíritu de la ley"; sino estrictamente en el sentido de verificar si el acto mismo tenía implicaciones morales o no. En general, podemos decir que el papel que jugará la ley en el acto moral es el de "advertencia". Es decir, quien por la ley supo que algo potencialmente podía estar mal en su acción, y por negligencia no lo analizó, ya no puede clamar para sí ignorancia invencible que le exima de culpabilidad moral. Pero insisto, esto únicamente en la medida en que la ley siga a la moral. Si la ley excede a la moral en cualquier sentido, desobedecerla no afecta a la moral. Es por esto mismo que, como bien sabemos, si ocurre lo contrario, es decir, si la ley no prohibe un acto inmoral, tampoco se puede alegar la legalidad del acto para justificar su bondad moral. Si esto último nos es claro, con igual razón debe ser el sentido inverso que hemos analizado antes.

Ahora bien y para tocar otro punto muy distinto que agrega complejidad al asunto: ¿de verdad todo lo que se nos dice que es "piratería", es ilegal?
Veamos: esto depende de cada país. En Hungría, por ejemplo, al menos hasta hace muy poco (no estoy seguro de que siga siendo así), no era ilegal dedicarse a hacer virus informáticos, por los que muchos ahí se dedicaban a esta "noble actividad" sin el menor cargo de conciencia (¿ven el otro problema que acarrea confundir legalidad con moralidad?).

Por ello y como una referencia relativamente extrema, tomemos un caso donde las productoras transnacionales han logrado presionar al gobierno a hacer leyes proteccionistas totalmente a su favor. El caso de mi querido México y su Ley Federal de Derechos de Autor (algunos artículos de la ley se reproducen de manera parcial).

Primero veamos como "protege" la ley los derechos del artista:

Cita:

Artículo 5º.- La protección que otorga esta Ley se concede a las obras desde el momento en que hayan sido fijadas en un soporte material, independientemente del mérito, destino o modo de expresión.

Artículo 118.- Los artistas intérpretes o ejecutantes tienen el derecho de oponerse a:
I. La comunicación pública de sus interpretaciones o ejecuciones;
II. La fijación de sus interpretaciones o ejecuciones sobre una base material, y
III. La reproducción de la fijación de sus interpretaciones o ejecuciones.
Estos derechos se consideran agotados una vez que el artista intérprete o ejecutante haya autorizado la incorporación de su actuación o interpretación en una fijación visual, sonora o audiovisual.

Traducción al español: los derechos del artista desaparecen una vez que ha cometido "el grave error" de permitir que alguien lo grabe y distribuya. Ahora que, si para no ceder sus derechos, el artista decide no ser grabado...¡pues entonces y de acuerdo al artículo 5to no goza de protección alguna de la ley! De modo que ese cuento de que "se están protegiendo los derechos del artista"... ¡pues que se los crea su tatarabuelita! (y quien sabe si incluso ella sea tan inocente Wink ).
Ahora bien, el que sea cuestionable la manera en que las productoras se apropian de los derechos del autor original no justifica en modo alguno realizar actos en contra de ellas que realmente constituyan un robo. Un robo nunca podrá anular la maldad de otro, al contrario, agrega al conjunto del desorden social. Por eso el dicho popular de "ladrón que roba a ladrón tiene cien años de perdón" debería ser seguido por un "y después de los cien años ¡una eternidad de condenación!".
Pero, por otra parte, lo que si queda claro, es que no todo acto en contra de una productora realmente consituye robo ¡ni mucho menos una afectación a los intereses del autor o artista original!

Ahora, con todo y esa sobreprotección sobre "los derechos" de la productora, veamos otros interesantes artículos:
Cita:
Artículo 102.- Los programas de computación se protegen en los mismos términos que las obras literarias. Dicha protección se extiende tanto a los programas operativos como a los programas aplicativos, ya sea en forma de código fuente o de código objeto.

Artículo 147.- Se considera de utilidad pública la publicación o traducción de obras literarias o artísticas necesarias para el adelanto de la ciencia, la cultura y la educación nacionales. Cuando no sea posible obtener el consentimiento del titular de los derechos patrimoniales correspondientes, y mediante el pago de una remuneración compensatoria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Educación Pública, de oficio o a petición de parte, podrá autorizar la publicación o traducción mencionada.

Artículo 148.- Las obras literarias y artísticas ya divulgadas podrán utilizarse, siempre que no se afecte la explotación normal de la obra, sin autorización del titular del derecho patrimonial y sin remuneración, citando invariablemente la fuente y sin alterar la obra, sólo en los siguientes casos:
I. Cita de textos, siempre que la cantidad tomada no pueda considerarse como una reproducción simulada y sustancial del contenido de la obra;
II. Reproducción de artículos, fotografías, ilustraciones y comentarios referentes a acontecimientos de actualidad, publicados por la prensa o difundidos por la radio o la televisión, o cualquier otro medio de difusión, si esto no hubiere sido expresamente prohibido por el titular del derecho;
III. Reproducción de partes de la obra, para la crítica e investigación científica, literaria o artística;
(... ¡y hay mucho otros más!)

Artículo 151.- No constituyen violaciones a los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes, productores de fonogramas, de videográmas u organismos de radiodifusión la utilización de sus actuaciones, fonogramas, videográmas o emisiones, cuando:
I. No se persiga un beneficio económico directo;
II. Se trate de breves fragmentos utilizados en informaciones sobre sucesos de actualidad;
III. Sea con fines de enseñanza o investigación científica, o
IV. Se trate de los casos previstos en los artículos 147, 148 y 149 de la presente Ley.



¿Quiere decir que, por ejemplo, si soy científico o maestro soy un santo, pero si hago lo mismo que ellos pero no soy ni científico, ni maestro soy un malvado pecador?
Como ven, ¡la cosa no es tan simple como las productoras multinacionales nos la quieren vender!
¿En qué se fundamentan estas excepciones que no pudieron ser eliminadas incluso de una ley fuertemente cargada a favorecer a las productoras?
Digamos que el principio fundamental es que nuestra civilización y cultura dependen en gran medida del conocimiento con el que cuentan, dentro del cual, de una manera genérica, podemos incluir la producción artística. Por ello, si bien no de manera del todo perfecta, nuestra civilización ha buscado siempre el proteger y desarrollar tal legado cultural. En este ánimo, a lo largo de los siglos, diferentes personas e instituciones han prestado toda clase de ayudas a las personas que se dedican a desarrollarlo. En la actualidad, es clara la distinción que se hace en casi cualquier ámbito de las personas que se dedican a realizar una explotación comercial del conocimiento existente, con respecto a las que se dedican a desarrollarlo. Estas distinciones son claramente visibles, por ejemplo, en los artículos de la ley antes citados.
Ahora bien, este apoyo extraordinario que se da a quien busca desarrollar el legado cultural se hace bajo una premisa fundamental: que las extensiones a ese conocimiento o legado cultural que esta persona pueda desarrollar, pasen eventualmente a formar parte del mismo, logrando así enriquecerlo. De esta manera todo conocimiento es, en cierto sentido, patrimonio de la humanidad. Por eso es que los derechos prescriben (en el caso de la ley mexicana, a los 65 años de la muerte del autor). Pues si se tratara de una propiedad "absoluta" como es el caso de una casa o un objeto, estos bienes podrían ser heredables indefinidamente. Pero como el conocimiento se ha desarrollado a partir de un patrimonio común que se ha proporcionado escencialmente sin costo al desarrollador (los costos usualmente son por el material, o por el salario del maestro, no por el conocimiento mismo), entonces el desarrollo no es patrimonio exclusivo del desarrollador, sino que la sociedad es también partícipe de él.
Por otra parte, es claro que el desarrollador SI ha aportado un trabajo propio y original. A la vez que también es claro que, si está dedicando su tiempo y trabajo a fortalecer y enriquecer el legado cultural, la sociedad está en cierta medida también en deuda con el desarrollador. Estos dos factores son los que buscan defender los derechos de autor, NO una propiedad absoluta del conocimiento. Por tanto, si la sociedad logra garantizar al desarrollador una adecuada remuneración por su trabajo; la misma sociedad, que es en última instancia la depositaria del conocimiento desarrollado, puede disponer del mismo a discreción. Lo cual usualmente significa restringir el acceso a los que buscan realizar una explotación comercial, de tal manera que el desarrollador tenga garantizado el pago por su trabajo; pero a la vez facilitar el acceso de aquellos que buscan tan sólo adquirir el conocimiento para a su vez contribuir sobre él. De ahí las ventaja que se suele proporcionar a científicos, estudiantes y maestros. Ventajas que, en salvaguarda de los principios básicos antes mencionados, ni siquiera una ley tan ventajista en favor de las productoras como la mexicana, ha aceptado eliminar.
Estos principios nos permiten establecer un criterio moral básico al respecto:
1. Si el uso que se le piensa dar tiene un fin comercial u otro fin cualquiera que en forma seria y directa atente contra el legítimo derecho del desarrollador a recibir un pago por su trabajo, entonces si podría configurarse una falla moral seria relativa al despojo que se está haciendo al desarrollador.
2. Si, como hemos visto, la acción no vulnera los derechos del autor, puesto que, por ejemplo, éste ya recibió un pago fijo por su trabajo. Entonces podría existir un robo en contra de la productora o distribuidora tan sólo en la medida que se afectara el legítimo pago por su propia contribución (p.ej. el material físico en el que se encuentra la obra, el pago que le corresponde por un trabajo de edición o compilación sobre las obras artísticas, etc.).
3. Las dos anteriores casi se identifican con el hecho de buscar un lucro directo de la obra. Ya sea vendiéndola, o comprándola más barata. Un caso curioso es que realmente no se afectaría la retribución del artista por medio de una copia gratuita hecha en beneficio de alguien que definitivamente no la compraría en ningún lugar si no tuviera acceso a la copia prestada.
4. Los casos en que existe una posibilidad de acceso a la obra en forma gratuita, pero no por otro medio, no afectan a la moral siempre y cuando el objetivo del uso sea el mismo que se hubiera tenido en el caso original. Es decir, si yo trabajo en un instituto de investigación, donde tengo acceso a una copia gratuita de una revista. Pero encuentro la revista estando de visita en la oficina de un amigo, donde en teoría no se tiene tal acceso gratuito, y ahí decido sacar la copia para ahorrarme el trabajo de buscarla en el instituto de investigación, pero mantengo la intención de usarla para mis fines de investigación; pues no hay falta moral en ello. Por el contrario, incluso si la saco en el instituto, pero mi objetivo es realizar una explotación comercial que dañará seriamente los intereses del autor, pues entonces aunque la adquisición haya sido legal, si hay falta moral.
5. Si mi objetivo entonces es desarrollar el conocimiento, en general no tengo que tener muchos escrúpulos al respecto, pues como vimos, incluso las leyes me protegen.
6. Si mi objetivo es el entretenimiento personal, pues aquí estamos en la frontera donde es más dificil discernir si hay falta moral o no. El punto es que, aunque las obras artísticas están pensadas para obtener una parte importante de su retribución a través de este tipo de entretenimiento; por otro lado se podría alegar que el entretenimiento es una forma de aprender y enriquecer mi cultura, por lo que me predispone a desarrollar nuevo conocimiento. Aquí los dos criterios que me parecería sensato usar son: a) si yo estaría dispuesto a pagar por la obra si no tuviera el acceso gratuito, debería hacerlo de todos modos; b) si realmente pienso desarrollar conocimiento (NO fusilarme la obra, sino aprender de ella para hacer algo nuevo), entonces me aplican los criterios de aprendizaje; pero si la verdad es que no voy a desarrollar nada, sino tan sólo me quiero entretener, entonces si debería pagar.

Un tercer factor que agrega más elementos a la complejidad del problema es que la piratería no siempre perjudica a las productoras. De hecho, muchas veces equivale a publicidad y las beneficia, claro, siempre y cuando sea controlada dentro de ciertos límites. Esto ha llevado a algunos a especular que son las mismas mega-productoras las que promueven veladamente la piratería. Yo no me atrevería a ir tan lejos, pero si a afirmar que eso explica bien por que hacen campañas aparentemente tan estrictas (control) pero en la práctica realmente no toman con verdadera energía las acciones requeridas para erradicar el problema. Los beneficios para las productoras serían los siguientes:
a) hacerse de una ganancia adicional sin pagarle al artista/programador (esto sería solamente aceptando la teoría conspiracionista, donde el vendedor pirata sería un canal de distribución alterno para la productora)
b) generalizar en el público el gusto por el mismo artista/programa; gusto que luego explotarán de otras maneras: mediante mayores ventas entre los que sí acostumbran pagar el disco; venta de llaveros, playeras, muñequitos, etc. En el caso del programa, esta recuperación de da al volver el producto un "de facto standard" (estándar de hecho), lo que utilizarán para consolidar la posición de otro producto en el mercado. Incluso esta técnica a veces la usan de manera oficial: todos sabemos que el formato pdf puede ser leido de manera gratuita, ¡ahí no está el negocio! El negocio real está en venderle el programa para generar el formato a aquellos que les interesa promover sus documentos en este formato.
c) "tronar" a las miniproductoras como la de los amigos de Ilazcano, haciendose del control del artista una vez que gustó a través de la piratería, de modo que ya es popular y famoso y se le puede ganar, más que invertirle.


Finalmente otro punto importante con respecto al tema de los recursos de la empresa (aunque también puede aplicarse al de la "piratería"):
Recuerden que el bautismo nos hace sacerdotes, profetas y reyes.
Los dos primeros en general son bastante entendidos y mencionados, por lo que no detallaremos sobre ellos ahora; pero el tercero no. Incluso en los sermones de sacerdotes en ceremonias de bautismo, al hablar del significado de estos atributos, generalmente hablan de que somos reyes casi como si se tratara de "un adorno" que nos confiere cierta dignidad, pero sin implicaciones prácticas. ¡Nada más lejos de la realidad! Ser reyes significa ser Reyes con Cristo. Y si Cristo es el rey del universo, es significa que nosotros, al reinar con Él, tenemos también potestad sobre toda la creación y podemos disponer de ella. Pero ¡cuidado! No se me lancen a hacer y deshacer desmanes por todos lados porque son reyes en Cristo (somos reyes, no "juniors" Wink ): Cristo es un buen Rey, por eso dispone de su creación de manera ordenada y para el bien de sus creaturas, NO de manera déspota y egoísta. Por tanto, si reinamos con Cristo, debemos disponer de las cosas de la creación de esa misma manera: no se puede hacer un uso ordenado y benéfico de la creación pasando a través de una injusticia y eso impone muchas "limitaciones prácticas" a una mal entendida potestad real.
Para ponerlo en blanco y negro:
1. No puedo hacer uso de los elementos que pone a mi disposición la empresa para defraudarla no haciendo con ellos mi trabajo a tiempo, el que dejaría pendiente y esperando. La empresa, al ser la que me proporcionó los medios, salvo una situación de verdadera urgencia y seriedad, tiene prioridad sobre cualquier otra cosa.
2. Una causa justa y seria puede entonces incluso justificar que relegue a segundo término esa chamba que tengo pendiente, pero en justicia luego debo restituir el tiempo utilizado, pues se me está pagando.
3. Si con todo, ocurre que de repente mi jefe no es muy avispado y me deja periodos en los que "no tengo nada mejor que hacer" y puedo usar de esos medios para una verdadera edificación personal o del prójimo, entonces tengo plena autoridad moral para realizar ese uso. Claro, si el patrón me descubre, no es muy probable que este argumento lo convencerá del todo, por lo que también debemos hacer uso de prudencia al respecto.

Que Dios los bendiga
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Dani-m98
Constante


Registrado: 19 Oct 2005
Mensajes: 783
Ubicación: España

MensajePublicado: Dom Mar 05, 2006 8:02 am    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
Responder citando

Ser buen ciudadano y estar sometidos ante las leyes de satanas, a caso es pecado cruzar un campo, coger una flor del campo, pescar un pez en el rio, o en el mar, coger el fruto de un arbol, es pecado hacerse una vivienda en un terreno, no nada de esto es pecado ante los ojos de Dios, Dios creo una tierra libre, fue el hombre quien la tiranizo y la sometio a sus leyes, leyes que van en contra de los principios de la libertad del hombre, es pecado poner orden en tu casa y tratar que tu esposa he hijos vallan por el buen camino, no no es pecado pero ante la ley de los hombres si lo es. son las leyes que destrullen la integridad y la moral del hombre, dandonos una falsa libertad, una libertad en lo que todo esta prohibido, y una justicia que no es justicia. La libertad y las leyes del hombre, destrullen al hombre.
_________________
Saludos
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CarlosR26†
Veterano


Registrado: 01 Oct 2005
Mensajes: 3941
Ubicación: MEXICO, Jal.

MensajePublicado: Dom Mar 05, 2006 3:24 pm    Asunto:
Tema: Piratería Informática, Musical y Cinematográfica: ¿Pecado?
Responder citando

micaela escribió:
tomar algo que no te pertenece SIN PERMISO

ES PECADO!!!!!!!!!!!!!!!!

aca en la china y en el polo norte

y lo que hagan las disqueras o los otros que nombraron
es asunto de ellos

repito:

tomar algo que no te pertenece SIN PERMISO

ES PECADO!!!!!!!!!!!!!!!!

frio o caliente?????????

tibio noooooooooooooooooo


entonces hay que evitar copiar y pegar las toneladas de informacion que tomamos y pegamos de otras paginas sin pedirle permiso al webmaster.
_________________
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