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La corrección fraterna

 
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siempreMaria
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Registrado: 06 Jun 2006
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MensajePublicado: Lun Jul 06, 2009 5:46 pm    Asunto: La corrección fraterna
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

Hola hermanos.

Con varios temas que están surgiendo hay quien apoya el criticar a los sacerdotes y hay quien no.

¿Qué nos enseña la Iglesia referente a la corrección fraterna?

Creo que es algo que se desconoce y a la hora de tratar dicha corrección con los demás no lo hacemos como debieramos. ¿O sí? Veamoslo en este tema.

Por cierto. Empecemos por la corrección fraterna en general. Luego nos centraremos cuando a quien se debe corregir es a un sacerdote. Por favor, sigamos este orden.

Un abrazo en Cristo y María.
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Con Dios y Mamita.

"Callad mientras duerme y descansa el Señor y Dios mío porque muy pronto lo despertarán los pecados de los hombres"

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siempreMaria
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MensajePublicado: Lun Jul 06, 2009 6:18 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

Tal como cita el libro "Teología de la Salvación", de Antonio Royo Marín O.P., en el punto de "Corregir al que yerra":

Abordamos ahora una de las obras espirituales de misericordia más importantes-la llamada "corrección fraterna"-, que da origen a muchos problemas interesantísimos. Santo Tomás le dedica en la Suma Teológica una cuestión entera dividida en ocho artículos (II-II 33, I-8 ).

De primeras ya podemos ver que no es un tema a tratar a la ligera.

Pero, ¿qué es la corrección fraterna?

Se entiende por tal la advertencia hecha al prójimo culpable en privado y por pura caridad para apartarle del pecado.

Hay que tener en cuenta la parte en cursiva de la anterior cita..

Un abrazo en Cristo y María.

Continuo en el siguiente mensaje
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siempreMaria
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MensajePublicado: Lun Jul 06, 2009 6:31 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

De la cita anterior:

Cita:
Se entiende por tal la advertencia hecha al prójimo culpable en privado y por pura caridad para apartarle del pecado.

LA ADVERTENCIA, o sea, la admonición que se hace a una persona para que se abstenga o enmiende de algo ilícito, ya sea con la palabra o de otro modo equivalente (v.gr., con un gesto, con la tristeza en el rostro, etc.).

HECHA AL PRÓJIMO CULPABLE, sobre todo si lo es por ignorancia o negligencia más que por maldad, ya que, en este último caso, la probabilidad de éxito es mucho menor y acaso resultaría contraproducente.

EN PRIVADO, o sea, de hermano a hermano, sin que e enteren los demás, a diferencia de la corrección pública o judicial, de la que hablaremos más abajo.

Y POR PURA CARIDAD, y en esto se distinque también de la corrección judicial, que procede del superior en cuanto juez y se funda en la justicia; y de la corrección paterna-intermedia entre los dos-, que procede del superior en cuanto padre y se apoya en su autoridad de tal.

PARA APARTARLE DEL PECADO, o evitar que lo cometa si se encuentra en grave peligro de incurrir en él.


Y citando otra parte del dicho punto (nº 352) donde se cita un texto del P. Noble (En La vie spirituelle, citado pro Beringer, Repertorio universal del predicador t.15 p.250) donde expone la doctrina del primer artículo de Santo Tomás:

Cita:
"...
La corrección fraterna procede únicamente de la caridad fraterna. No es, pues, la justicia quien la exige, sino el amor; ella procura la represión del mal en cuanto el mal perjudica al mismo que lo ejecuta, y no en cuanto perjudica al bien común o al bien de un tercero. Únicamente porque amo ami prójimo y porque deseo el bien de su alma y de cuanto sea garantía de este bien primordial, me esfuerzo en corregir sus faltas, sus imperfecciones y sus extravagancias. Esta benévola atención que prestamos a los defectos morales del prójimo, cuando se inspira en la caridad y cuando se ejerce con suavidad y con oportunidad, es una forma excelente de la limosna espiritual".

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Ultima edición por siempreMaria el Lun Jul 06, 2009 9:09 pm, editado 1 vez
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javi27
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MensajePublicado: Lun Jul 06, 2009 6:32 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

Hermano siempreMaria, la Paz este contigo.

El cristiano se distingue de los demas por la caridad. La caridad es quien marca la diferencia. Ciertamente que, quien no demuestra caridad en todo, no es cristiano del todo.

Ya lo decia san Pablo, sino tengo amor, por mas que tenga cualquier otra virtud, es como si no tuviera nada (1Co 13, 1-13). Y como dijo Jesucristo, aquel quien ama mucho, muchos pecados le son perdonados (Lc 7, 47)

Corregir sin caridad definitivamente no tiene su base en el amor, es decir, la persona no está siendo movida por el Espiritu Santo a corregir a su hermano, sino que busca, desde su pasion incontrolable, lograr un confrontamiento innecesario para el cristiano, y asi el cometido del Demonio: dividir.

El tema de la caridad es muy profundo y extenso. Creo que por ahora me quedo hasta aqui. Gracias por exponerlo hermano, no es poca cosa, en lo absoluto.

Dios te colme de bendiciones.-
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"Yo también le prometo, ya aquí en la tierra, victoria sobre sus enemigos,
pero especialmente en la hora de la muerte.
Yo, el Señor, la defenderé como a Mi propia Gloria".†
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siempreMaria
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MensajePublicado: Lun Jul 06, 2009 6:36 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

Hasta aquí acabaríamos con la naturaleza de la corrección fraterna.

Ahora quedan varios puntos a tratar en este orden:

Obligatoriedad: Por derecho natural y divino hay obligación grave de practicar la corrección fraterna.

Materia de la corrección

Quién debe hacerla

A quién

Condiciones que ha de reunir

Modo de hacerla: caritativa, paciente, humilde, prudente, discreta y ordenada.


Intentemos seguir un órden en los temas.

Un abrazo en Cristo y Maria.
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siempreMaria
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MensajePublicado: Lun Jul 06, 2009 6:39 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

javi27 escribió:
Hermano siempreMaria, la Paz este contigo.

El cristiano se distingue de los demas por la caridad. La caridad es quien marca la diferencia. Ciertamente que, quien no demuestra caridad en todo, no es cristiano del todo.

Ya lo decia san Pablo, sino tengo amor, por mas que tenga cualquier otra virtud, es como si no tuviera nada (1Co 13, 1-13). Y como dijo Jesucristo, aquel quien ama mucho, muchos pecados le son perdonados (Lc 7, 47)

Corregir sin caridad definitivamente no tiene su base en el amor, es decir, la persona no está siendo movida por el Espiritu Santo a corregir a su hermano, sino que busca, desde su pasion incontrolable, lograr un confrontamiento innecesario para el cristiano, y asi el cometido del Demonio: dividir.

El tema de la caridad es muy profundo y extenso. Creo que por ahora me quedo hasta aqui. Gracias por exponerlo hermano, no es poca cosa, en lo absoluto.

Dios te colme de bendiciones.-


Ciertamente hermano Javi.

En cuanto a lo que comentas me gusto la cita del post anterior. La dejo de nuevo:

"...
La corrección fraterna procede únicamente de la caridad fraterna. No es, pues, la justicia quien la exige, sino el amor; ella procura la represión del mal en cuanto el mal perjudica al mismo que lo ejecuta, y no en cuanto perjudica al bien común o al bien de un tercero. Únicamente porque amo a mi prójimo y porque deseo el bien de su alma y de cuanto sea garantía de este bien primordial, me esfuerzo en corregir sus faltas, sus imperfecciones y sus extravagancias. Esta benévola atención que prestamos a los defectos morales del prójimo, cuando se inspira en la caridad y cuando se ejerce con suavidad y con oportunidad, es una forma excelente de la limosna espiritual".


Un abrazo en Cristo y María.
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siempreMaria
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MensajePublicado: Lun Jul 06, 2009 8:56 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

Añado al primer punto las siguiente citas:

"Cuando veáis una desviación en un hermano vuestro, un error que pueda significar un peligro para su alma o una rémora para su eficacia, habladle con claridad. Y os lo agradecerá."
Beato Josemaría Escrivá, 29-IX-1957


Si alguno de vosotros se desvia de la verdad y otro hace que vuelva a ella, debe saber que quien hace que el pecador se convierta de su extravio, salvara el alma de la muerte y cubrira la muchedumbre de sus pecados. Jc 5,19-20.

1387 La corrección es la llave con que se abren semejantes postemas: ella hace que se descubran muchas culpas, que desconocen a veces incluso los mismos que las cometieron (SAN GREGORIO MAGNO, Regla pastoral,2,4).

1388 Cuando en nuestra vida personal o en la de los otros advirtamos algo que no va, algo que necesita del auxilio espiritual y humano que podemos y debemos prestar los hijos de Dios, una manifestación clara de prudencia consistira en poner el remedio oportuno, a fondo, con caridad y con fortaleza, con sinceridad. No caben las inhibiciones. Es equivocado pensar que con omisiones o con retrasos se resuelven los problemas (J. ESCRIVA DE BALAGUER, Amigos de Dios,157).

1389 Aprovecha mas la corrección amiga que la acusación violenta; aquella inspira compunción, esta excita la indignación (SAN AMBROSIO, en Catena Aurea, vol. Vl, p. 266).


Tomadas de:
http://www.clerus.org/bibliaclerusonline/es/ef.htm
http://www.fluvium.org/textos/lectura/lectura88.htm
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siempreMaria
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MensajePublicado: Lun Jul 06, 2009 9:03 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

Veamos el punto de la Obligatoriedad

Cita:
Por derecho natural y divino hay obligación grave de practicar la corrección fraterana. He aquí las pruebas:

a) Por DERECHO NATURAL. Es evidente: si tenemos obligación natural de ayudar al prójimo en sus neceidades corporales, con mayor motivo la tendremos en sus necesidades espirituales.
Santo Tomás advierte que es mayor acto de caridad la corrección fraterna, por la que apartamos al prójimo de un daño espiritual, que curarlas las enfermedades corporales o remediarle con la limosna sus necesidades materiales (II-II 33, I).
b) Por DERECHO DIVINO. Consta expresamente en multitud de pasajes de la Sagrada Escritura, sobre todo en el Evangelio, donde se nos enseña con detalle el modod de hacerlo:

"Si pecare tu hermano contra ti, ve y repréndele a solas. Si te escucha, habrás ganado a tu hermano. Si no te escucha, toma contigo a uno o dos, para que por la palabra de dos o tres testigos sea fallado todo el negocio. Si los desoyera, comunícalo a la Iglesia; y si a la Iglesia desoyere, sea para ti como gentil o publicano" (Mt. 18, 15-17).

San Agustín no vacila en escribir: "Si descuidares corregir, te vuelves peor que el que pecó" (San Agustín, Serm. ad popul. 82 c.4: ML 38,508); lo cual no ocurriría si la corrección fraterna no constituyera un verdadero precepto que obliga, a veces, gravemente.
Escuchemos el razonamiento de Santo Tomás (II-II 33.2):

"La corrección fraterna cae bajo precepto. Pero hay que tener presente que, así como los preceptos negativos de la ley prohiben acciones pecaminosas, los afirmativos inculcan las virtuosas. Las acciones pecaminosas son malas en sí mismas y de ninguna manera se pueden hacer, ni en tiempo alguno ni en ningún lugar, porque van unidas de suyo a un fin malo; por eso los mandamientos negativos obligan siempre y en todo momento. Pero las acciones virtuosas no deben hacerse de cualquier manera, sino guardadas las debidas circunstancias requeridas para que lo sean, a saber: que se hagan en donde, cuando y del modo que se debe. Y, pues, la disposición de los medios se hace en conformidad con la condición del fin, a lo que en estas circunstancias principalmente hay que atender es a la razón de fin, que es el objeto de la virtud. Porque, si se omite alguna circunstancia que anule el bien de la virtud, se contraría al precepto; pero, si la omisión de esa circunstancia no vicia del todo la virtud, aunque no se alcance su bien total, no se falta al precepto... La corrección fraterna se ordena a la enmienda del hermano; por tanto, cae bajo precepto en la medida que es necesaria a este fin, pero no hasta el punto que haya que corregir en cualquier lugar y tiempo al hermano delincuente".

Cuando nuestro aviso podría apartar al prójimo de cometer un pecado mortal, su omisión injustificada constituiría en nosotros pecado grave. Con todo, la responsabilidad del que omite la corrección se atenúa muchas veces, hasta el punto de constituir tan sólo pecado venial cuando el respeto humano, la cobardía o el temor de no lograr lo que desea, le privan de hacer la corrección. Pero pecaría mortalmente el que estuviera moralmente seguro de poder apartar a su hermano de pecar gravemente con la corrección fraterna y la omitiera por no molestarse o por simple cobardía o vergüenza, ya que antepondría su propia comodidad al bien espiritual necesario de su hermano, lo cual es un grave desorden (II-II 33,2 ad3).


Añadir al texto del libro "Teología de la Salvación" unas citas extraidas del libro "Antología de Textos para hacer oración y para la meditación", de Francisco Fdez-Carvajal:

Cita:
1390 Callar cuando puedes y debes reprender es consentir; y sabemos que esta reservada la misma pena para los que hacen el mal y para los que lo consienten (SAN BERNARDO, Sermón 9, en la natividad de San Juan).

1391 Si lo dejas estar, peor eres tu; el ha cometido un pecado y con el pecado se ha herido a si mismo; ¿no te importan las heridas de tu hermano? Le ves perecer o que ha perecido, ¿y te encoges de hombros? Peor eres tu callando que el faltando (SAN AGUSTIN, Sermón 82).

1392 Y ninguno diga: yo no sirvo para amonestar, no soy idoneo para exhortar. Haz lo que puedas, para que no se te pida cuenta en los tormentos de lo recibido y mal guardado (SAN GREGORIO MAGNO, Hom. 4 sobre los Evang. ).

1393 Y, ¿quien tiene celo por la casa de Dios? Aquel que pone empeño en corregir todo lo censurable que en ella observa [. . . ]. ¿Ves a tu hermano en peligro? Detenlo, advierteselo, sientelo de corazon, si es que te come el celo de la casa de Dios (SAN AGUSTIN, Trat. Evang. S. Juan, l0).


Y ahora parte del siguiente texto:
La corrección fraterna: ¿Opción o deber?, escrito por P. João Scognamiglio Clá Dias, E.P.
http://salvadmereina.org.co/interna.php?idsec=13&idnot=858

Cita:
“Si tu hermano peca contra ti, ve y corrígele a solas. Si te escucha, has ganado a tu hermano”.

El Divino Maestro aconseja claramente sobre la necesidad de corregir a los que pecan.

Ante las ofensas personales, las injurias o hasta los defectos que observemos en la conducta de otros —sobre todo las faltas contra la fe y las costumbres, con peligro de causar un escándalo— no podemos dejar de advertir a nuestro prójimo, sin eludirlo por indiferencia o peor aún, por desprecio. Y para poner en práctica la norma del Señor, expresada en el versículo anterior, debemos llenarnos de fervor.

San Juan Clímaco, con mucha unción, compara la crueldad de quien le saca el pan de las manos a un niño hambriento, con quien tiene la obligación de corregir y no lo hace 1. Este último no sólo daña a su prójimo sino también a sí mismo.

Tal omisión lo privará de los méritos y beneficios del cumplimiento de este deber, y terminará escandalizando a quienes comprueban su negligencia.

Lo mismo ocurre en la botánica, ya que mientras más fértil sea un terreno, tanto más hay que trabajarlo para evitar que se convierta en bosque, y después en selva.

Es evidente que al llevar a cabo este precepto hay que proceder sin la menor pasión, por ínfima que sea. La exención de ánimo es fundamental.

Se deberá emplear toda la caridad posible en la delicadísima tarea de la reconciliación.

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SECRETMAN
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MensajePublicado: Lun Jul 06, 2009 9:44 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

A mi me gusta el estilo Pablo:

Cita:
Mas, cuando vino Cefas a Antioquía, le resistí en la cara, porque era digno de reprensión. Pues antes que llegaran algunos del grupo de Santiago, comía en compañía de los gentiles; pero una vez que aquéllos llegaron, se le vio recatarse y separarse por temor de los circuncisos.

Gal 2 11-12


El tema es amplio, pero cuando la Fe se encuentra en juego no solamente se debe, si no que es obligatorio rechazar abiertamente al que sea, llámese sacerdote, obispo, cardenal, o el que sea. Eso lo explica ampliamente uno de los doctores de la Iglesia: San Roberto Belarmino. Claro que en la epoca actual, según algunos, es mejor quedarse callado, hablar de lo que nos une y no de lo que no separa, condescender, etc...

Gracias y Dios los bendiga!
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siempreMaria
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Registrado: 06 Jun 2006
Mensajes: 2175

MensajePublicado: Lun Jul 06, 2009 9:56 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

Gracias hermano SECRETMAN.

Tan sólo que como puse arriba intentemos ir por orden.

Lo que dices más adelante vendrá muy bien.

Por si no lo viste te lo dejo de nuevo:

Obligatoriedad: Por derecho natural y divino hay obligación grave de practicar la corrección fraterna.

Materia de la corrección

Quién debe hacerla

A quién

Condiciones que ha de reunir

Modo de hacerla: caritativa, paciente, humilde, prudente, discreta y ordenada.


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ISEJ
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Registrado: 29 Abr 2008
Mensajes: 933

MensajePublicado: Lun Jul 06, 2009 10:28 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

cita:

Quien tiene que corregir debe hacerlo con humildad y humillado, como quien lo hace por deber de caridad y no por venganza, rencor o resentimiento; sin lastimar y sin herir.

Si la corrección no viene adornada con estas cualidades y con estas condiciones no solamente será un fracaso, sino un escándalo y un pecado contra la caridad que se cometerá en nombre de la caridad.

Os exhortamos, hermanos, a que amonestéis a los que viven desconcertados, animéis a los pusilánimes, sostengáis a los débiles y seáis pacientes con ellos” (1 Te 5,14). “No los miréis como a enemigos, sino amonestadlos como a hermanos” (2 Tes 3,15), nos aconseja san Pablo.

http://es.catholic.net/escritoresactuales/664/1956/articulo.php?id=24896

cita:

Después, la advertencia clara y delicada, con modos y razones sobrenaturales; y la humildad de saberse personalmente expuestos a los mismos peligros; incluso —en algún caso— la conciencia de estar actualmente afectado por ellos. Aunque parezca paradójico, es precisamente esa humildad lo que más empuja a hacer la corrección fraterna. Le hablaremos con una extremada caridad: porque es el cariño lo que nos conduce, sin que un posible temor a contristar por unos momentos detenga nuestra ayuda.

Proceded siempre sin humillar, sin que se note, con sobreabundancia de caridad, que es cariño humano y sobrenatural.

Enlace editado

obligatoriedad: quien tiene que corregir. Hay que corregir.

Quién? cualquiera que presencia aquello que hay que corregir.

A quien? desconcertados, debiles...hermanos. Corrección fraterna,
entre hermanos.

Condiciones: la humildad de saberse personalmente expuestos a los mismos peligros.

Modo: sin lastimar y sin herir.Proceded siempre sin humillar, sin que se note, con sobreabundancia de caridad, que es cariño humano y sobrenatural.
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Alabado sea Jesús, el Cordero sin
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AQUITANO
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MensajePublicado: Lun Jul 06, 2009 10:39 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
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Muy bueno hermano .... sigue así

En Cristo
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siempreMaria
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MensajePublicado: Lun Jul 06, 2009 11:17 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

Bien, bien.

Vemos que lo que decía Antonio Royo Marín al principio era cierto:

Cita:
Abordamos ahora una de las obras espirituales de misericordia más importantes-la llamada "corrección fraterna"-, que da origen a muchos problemas interesantísimos.


Por eso es importante que vayamos viendo estos temas punto por punto. Y una vez visto todo se podrán resolver fácilmente las dudas.

O podemos ir viendo las dudas pero de cada punto que se vaya tratando, para no hacer un lío el tema.

De todas formas, muchas gracias ISEJ por tu respuesta. Seguramente nos servirá para verlo con el resto de puntos del tema.

Un abrazo en Cristo y María.

PD: Por mi parte, hasta mañana Very Happy. Me voy a dormir. Buenas noches a todos (o días, vete tu a saber Razz )
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MensajePublicado: Mie Jul 08, 2009 6:03 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
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Siguiendo con punto de la obligación:

Cita:
P. ¿Están obligados los Magistrados y Prelados a corregir los pecados veniales?
R. Que los Superiores, Magistrados Seculares, y Gobernadores políticos de los pueblos no tienen obligación a corregir los pecados veniales, sino que sea algunos por los que pueda turbarse la paz de la república; como puede acontecer por la frecuencia de juegos, lujo inmoderado, y otros; porque su encargo o comisión no mira a impedir los daños espirituales de los que gobiernan, sino los males temporales que puedan servir a turbar la paz y tranquilidad civil y política. En cuanto a precaver las culpas graves, deben velar con solicitud.

Los Prelados eclesiásticos, y en especial los regulares están gravemente obligados a corregir las culpas leves, y aun las transgresiones de sus leyes, con las cuales, poco a poco, va decayendo la observancia regular; porque a ellos incumbe por su oficio, no sólo velar sobre la salud espiritual de sus súbditos, y promover su perfección, sino también atender a conservar el esplendor de la disciplina monástica, y a cuidar de su aumento. Y así pecará gravemente el Prelado regular, que viendo en sus súbditos las frecuentes transgresiones de sus leyes, aunque no contengan pecado alguno, calla, disimula, y cuando ocurre oportunidad no las corrije seriamente. Ni puede excusarse en su omisión con el precepto de conservar la paz, porque ésta nunca es buena sin la justicia. Entiéndese lo dicho de los defectos obvios y públicos, pues los ocultos no dañan tanto a otros, como ni a la observancia regular, y así no están obligados gravemente a corregirlos, como los dichos, si bien atenderán siempre a su remedio.


Cita:
P. ¿Cuándo uno deberá corregir al prójimo aun con detrimento corporal propio?
R. Que en necesidad extrema o en el artículo de la muerte del prójimo, estamos obligados a socorrerlo con el remedio de la corrección, aun con peligro de nuestra vida: porque la necesidad extrema espiritual del prójimo prevalece sobre todo bien corporal propio, o más que todo documento temporal nuestro. Si la necesidad del prójimo sólo fuere grave, no hay obligación a corregir al prójimo con peligro de la vida; pues no es necesario el perderla para que él consiga su salud espiritual, pues puede él mismo con el auxilio divino enmendarse. Los Prelados y demás, a quienes incumbe por oficio corregir a sus súbditos, estarán obligados a ejecutarlo, aun con peligro de la vida, en dicha necesidad grave, por ser su obligación más estrecha y urgente, que la de los demás.

P. ¿En fuerza de esta mayor obligación están obligados los Superiores y Prelados a inquirir los defectos de sus súbditos para corregirlos?
R. Que así los Prelados Eclesiásticos como los Regulares tienen obligación a inquirir sobre la conducta de sus súbditos, ya sea por sí, ya por medio de sujetos adornados de integridad, prudencia y justicia. Mas si él conociere el Superior que de esta inquisición se ha de seguir la turbación de la paz, más que el aprovechamiento de sus súbditos, se portará prudentemente omitiéndola.


Tomado del Compendio moral salmaticense (http://www.filosofia.org/mor/cms/cms.htm).

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MensajePublicado: Mie Jul 08, 2009 6:08 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

Y por último:

Cita:
P. ¿Qué noticia hemos de tener del pecado, para que nos obligue la corrección fraterna?
R. Que se requiere una noticia moralmente cierta de él, sin que baste la que se tenga por señales dudosas, o por rumor; porque estando el prójimo en posesión de su fama, se le ofende injustamente, si por una leve sospecha se le imputa el pecado. Con todo si el pecado dudoso cediese en daño del prójimo, de la república, o comunidad, y hubiese esperanza de enmienda, se debería hacer la corrección, aun con sola duda o sospecha. Extienden esto algunos a los Prelados, afirmando pueden corregir a sus súbditos aun con sola la noticia dudosa de sus pecados; porque por su oficio deben velar sobre sus inferiores, e inquirir sus culpas. Pero será lo más conveniente en tal caso, si el rumor se esparció en la comunidad, advertir las faltas en común, sin individuar sujetos, y reprenderlas suppreso nomine.


Un abrazo en Cristo y María.
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MensajePublicado: Mie Jul 08, 2009 6:30 pm    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

Veamos el punto de Materia de la corrección.

Según nos indica el libro "Teología de la Caridad", de Antonio Royo Marín, O.P.:

Cita:
Materia de la corrección

De suyo, la materia propia de la corrección fraterna son los pecados mortales ya cometidos-que ponen al prójimo en grave necesidad espiritual-y los futuros que puedan impedirse con la corrección. Pero también los pecados veniales, que por su frecuencia o por sus efectos especialmente nocivos, ya sea para el pecador (peligro de pecar mortalmente), ya para otros (escándalo, quebranto de la disciplina, etc), le constituyen también en verdadera necesidad espiritual.

En cuanto a los pecados materiales, cometidos con ifnorarncia invencible, deben corregirse cuando producen escándalo, peligro de contraer malos hábitos o afectan al bien común. Pero, si se juzga prudentemente que la amonestación no producirá ningún efecto, hay que omitirla, para no convertir los pecados materiales en formales, a no ser que el bien común exija la corrección.


Ahora, tomando lo dicho en el Compendio moral salmaticense (http://www.filosofia.org/mor/cms/cms.htm).:

Cita:
P. ¿Qué pecados son materia de la corrección?
R. Que lo son todos los pecados mortales generalmente; porque el fin de la corrección es ganar con ella al hermano, según aquellas palabras del Evangelio: si te audierit, lucratus eris fratrem tuum; en las que se supone al prójimo perdido, y su perdición sólo le proviene por el pecado mortal. También serán materia de la corrección los pecados veniales, cuando abren camino para el mortal; como la entrada en una casa sospechosa, y la familiaridad con mujercillas, por el escándalo, y peligro. Las culpas leves, que no traen consigo tal peligro, habrá obligación leve de corregirlas, cuando fueren habituales, y cometidas con perfecta deliberación; pues siempre causan al prójimo alguna miseria espiritual, la que debemos atender a remediar pudiendo cómodamente ejecutarlo. Los demás veniales cometidos por inconsideración, o fragilidad no estamos obligados, ni aun venialmente a corregirlos; pues [234] siendo tantos y tan frecuentes, sería ajeno de la prudencia su continuada corrección.


Cita:
P. ¿Es materia de corrección el pecado pasado?
R. Que no lo es, si ya está enmendado, corregido, y borrado con la penitencia; porque respecto de él falta el fin de la corrección, como es claro. Pero si no estuviese enmendado totalmente, será materia de corrección, aun cuando no haya peligro de reincidir en él, porque este precepto de la corrección principalmente recae sobre el pecado cometido, como lo denotan las palabras: [235] Si peccaverit... corripe. Además que el que se halla en pecado mortal padece grave necesidad espiritual; y así insta la obligación de socorrerlo en ella mediante la corrección fraterna, que es una espiritual limosna.


Y hablando de los pecados cometidos por ignorancia que nos trae Antonio Royo Marín, nos indice lo siguiente el Compendio moral salmaticense:

Cita:
P. ¿Tenemos obligación a corregir los pecados cometidos por ignorancia?
R. 1. Que si proceden de ignorancia vencible, es opinión de todos, se deben corregir; porque esta ignorancia no excusa de culpa. R. 2. Que si los pecados provienen de ignorancia invencible contra el derecho natural y divino, tampoco hay duda obligue la corrección per se loquendo, porque aunque el que la tiene no peque formaliter, peca materialiter, lo que no es lícito permitir, sino con grave causa. Igualmente han de corregirse, pudiendo hacerse, los pecados que van contra el Derecho eclesiástico universal, sis provienen de ignorancia iuris, o facti; porque esta ignorancia es un grave mal; pues priva de un bien grave. Finalmente, si los pecados nacieren de ignorancia invencible acerca del derecho municipal de algún Obispado o pueblo, se atenderá a las circunstancias, y si hubiere oportunidad, la misma caridad pide se avise, y enseñe al ignorante.


Un abrazo en Cristo y María.
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MensajePublicado: Mar Jul 21, 2009 7:33 am    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

Veamos el punto de Quién debe hacerla.

Según nos indica el libro "Teología de la Caridad", de Antonio Royo Marín, O.P.:

Cita:
La corrección fraterna, como acto de caridad que tiene por objeto la enmienda del hermano delincuente, pertenece a todo el que tenga caridad, sea súbdito o superior. Todos están obligados a ejercerla en la medida y grado de sus posibilidades.
Otra cosa sería si se tratase de una corrección judicial, que tiene por objeto el bien común y el castigo del culpable con el fin de atemorizar a los demás y apartarles del pecado. Esta corrección pertenece exclusivamente a los superiores (II-II 33, 3).

No es menester añadir que los superiores pueden y deben ejercer la corrección fraterna-además de la judicial y paternal, cuando haya lugar a ellas-, con mayor razón que los mismos súbditos. Lo que es excepcional por parte de los inferiores es lo ordinario por parte del superior. Pues así como deben otorgarse en mayor escala los beneficios corportales a aquellos cuyo cuidado temporal se tiene, así también los espirituales, entre los que destavan la corrección y la doctrina (ibid., ad I).

Los mismos pecadores pueden ejercer la correccción fraterna, aunque en el interior de su conciencia se sientan reos del mismo pecado. Porque siempre es un acto de caridad apartar al prójimo de un verdadero mal, como es el pecado. Pero el pecador ha de proceder a la corrección con toda humildad y modestia, para que no resulte contraproducente y escandalosa (II-II 33, 5).

A este propósito dice hermosamente San Agustín: "Acusar los vicios es oficio de los buenos; cuando lo hacen los malos, usurpan cometido ajeno". Y añade en seguida: "Cuando la necesidad nos obliga a reprender a alguno, pensemos si nunca hemos tenido ese vicio; y si es así, pensemos que somos hombres y lo hubiéramos podido tener, o quizá lo tuvimos y ya no lo tenemos. Entonces la común fragilidad avive la memoria, para que a la corrección preceda la misericordia y no el odio. Si nos encontrásemos en el mismo vicio, no se lo echemos en cara, sino lloremos con él y mutuamente nos provoquemos el arrepentimiento (SAN AGUSTÍN, De serm. Dom. in monte l.2 c.19: ML 34, 1298).

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MensajePublicado: Mar Jul 21, 2009 8:23 am    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

Y seguido con el anterior, veamos el punto de A quién.

Según nos indica el libro "Teología de la Caridad", de Antonio Royo Marín, O.P.:

Cita:
Aunque la corrección fraterna debe ejercitarse, de ordinario, con los iguales e inferiores, puede y debe dirigirse a veces a los mismos superiores (II-II 33,4). Escuchemos al P. Noble exponiendo la doctrina de Santo Tomás:

Cita:
"¿Podemos nosotros ejercer la corrección fraterna para con los superiores? Sí, porque el deber de caridad se extiende a todos los que están ligados por la caridad. La caridad fraterna no se da únicamente entre iguales, sino que sube y baja. Pero en todo caso debemos observar las formas. Aunque nos creamos autorizados para advertir caritativamente a nuestro superior, no debemos olvidar que es nuestro superior, y, por lo mismo, debemos hablarle con mansedumbre y con reverencia; jamás con dureza ni con orgullo.
Los superiores, desde el momento que se percatan de su responsabilidad y de los riesgos de su autoridad, saben muy bien que pueden equivocarse o que pueden ser inoportunos en sus mandatos. Ellos, pues, aceptarán con agradecimiento los avisos que deben orientarles. Si son virtuosos, serán los primeros en reconocer que se les dispensa un gran bien con advertirles y que no son intangibles en todo" (P. Noble, citado por Beringer, l.c., p.253).

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MensajePublicado: Mar Jul 21, 2009 8:38 am    Asunto:
Tema: La corrección fraterna
Responder citando

Y sobre estos dos últimos puntos (Quién debe hacerla y A quién) traigo otros textos:

Del Compendio Moral Salmaticense (http://www.filosofia.org/mor/cms/cms.htm):

Cita:
P. ¿Los súbditos están obligados a corregir a sus Prelados? R. Con S. Tom. 2. 2. q. 33. art. 4, que lo están; porque siendo la corrección acto de la caridad, así como los súbditos están obligados a amar más estrechamente a sus Prelados, así también lo estarán a amonestarlos. Mas en esta corrección se deberán puntualmente observar las tres circunstancias siguientes, es a saber; que se haga con grande mansedumbre, reverencia, y humildad; que nunca se haga en público, sino en algún caso raro, y siendo público el escándalo; y finalmente, que siendo preciso, se practique por los Religiosos más graves y ancianos, y sólo en su defecto por los jóvenes.

P. ¿El que prevee que otro hará la corrección, se excusa del precepto de hacerla por sí? R. Que no; porque este precepto es general a todos, y obliga tanto a uno como a otro. Exceptúase el caso, en que uno supiese ciertamente que otro hará la corrección con el deseado efecto. El que entiende que su corrección es necesaria juntamente con la de otro para la enmienda del prójimo, y que con esta unión se conseguirá más eficazmente, está obligado a ella.


Cita:
P. ¿En fuerza de esta mayor obligación están obligados los Superiores y Prelados a inquirir los defectos de sus súbditos para corregirlos? R. Que así los Prelados Eclesiásticos como los Regulares tienen obligación a inquirir sobre la conducta de sus súbditos, ya sea por sí, ya por medio de sujetos adornados de integridad, prudencia y justicia. Mas si él conociere el Superior que de esta inquisición se ha de seguir la turbación de la paz, más que el aprovechamiento de sus súbditos, se portará prudentemente omitiéndola.

P. ¿Pecarán gravemente los Prelados Eclesiásticos corrigiendo en pecado los delitos ajenos? R. Que no, porque [239] esta acción no pide estado de gracia en el que la hace. Esto mismo se ha de decir, a fortiori, del particular que corrije. Si el pecado del que hace la corrección fuere público, estará obligado a corregirse primero a sí mismo, que a otros, como dice S. Tom. 2. 2. quaest. 33. art. 5.

P. ¿Es culpa grave predicar en pecado mortal? R. Que no; porque la predicación no es acción que pida estado de gracia en el que la practica; porque ni de su naturaleza está anexa al orden sacro, ni el que predica hace o recibe algún sacramento; y así a no ser público pecador, o por razón del escándalo, no aparece por donde sea grave culpa predicar en pecado mortal.


De la Suma Teológica, del punto II-II 33 (http://hjg.com.ar/sumat/index.html):

Cita:
Artículo 3: La corrección fraterna, ¿incumbe sólo a los prelados?

Objeciones por las que parece que la corrección fraterna incumbe solamente a los prelados:
1. Escribe San Jerónimo: Los sacerdotes sean solícitos en cumplir lo del Evangelio: si tu hermano llega a pecar, etc. Ahora bien, con la palabra sacerdotes se suele significar a los prelados que tienen a otros a su cargo. Parece, pues, que la corrección fraterna incumbe sólo a los prelados.
2. La corrección fraterna es una limosna espiritual. Pues bien, la limosna corporal incumbe hacerla a quienes son superiores en las cosas temporales, es decir, a los más ricos. Luego la corrección fraterna atañe también a los superiores en el plano espiritual, es decir, a los prelados.
3. Quien corrige a otro con su amonestación le mueve a ser mejor. Ahora bien, en el plano natural, los superiores mueven a los inferiores. Luego en el plano espiritual, que sigue el orden de la naturaleza, incumbe también a los superiores corregir a los inferiores.

Contra esto: está el testimonio siguiente: Tanto los sacerdotes como todos los demás fieles deben tener sumo cuidado de quienes perecen, en orden a que, con la debida reprensión, o se les corrija de sus pecados, o, si permanecen incorregibles, sean separados de la Iglesia.

Respondo: Según hemos expuesto (a.1) hay dos tipos de corrección. Una que es acto de caridad, cuyo objetivo principal es la corrección del delincuente con sencilla amonestación. Esta corrección incumbe a cualquiera, súbdito o superior, que tenga caridad. Hay, en cambio, otra corrección que es acto de justicia, y cuyo objetivo es el bien común. Este no se promociona solamente amonestando al culpable, sino también, muchas veces, castigándole, para que los demás, atemorizados, desistan del pecado. Esta correción incumbe solamente a los prelados, los cuales, además de amonestar, deben también corregir castigando.

A las objeciones:
1. También en la corrección fraterna, que incumbe a todos, tienen los prelados responsabilidad mayor, como escribe San Agustín en I De civ. Dei. En efecto, del mismo modo que deben otorgarse más los beneficios corporales a las personas cuyo cuidado se tiene en el plano temporal, los bienes espirituales, como la corrección fraterna, la enseñanza y demás, deben procurarse con prioridad a las personas encomendadas a nuestro cargo espiritual. No pretende, pues, decir San Jerónimo que el precepto de la corrección fraterna incumba solamente a los sacerdotes, sino que les incumbe de manera especial.
2. Del mismo modo que quien tiene medios para socorrer corporalmente es rico en eso, quien está dotado de sano juicio de razón es también superior desde ese punto de vista.
3. Incluso en el orden natural hay seres que actúan sobre otros, porque en algo son entre sí superiores los unos a los otros, o sea, de alguna manera están en potencia o en acto respecto de los demás. Del mismo modo, el que juzga con sensatez algo en que otro puede fallar, puede corregirle, aunque no sea superior a él en todo.


Cita:
Artículo 4: ¿Está alguien obligado a corregir a su prelado?

Objeciones por las que parece que nadie está obligado a corregir a su prelado:
1. En Ex 19,13 se lee: La bestia que tocare el monte será apedreada, y en 2 Re 6,6-7 se dice que Oza fue herido por el Señor por tocar el arca. Ahora bien, con el monte y el arca se significa el prelado. Luego éstos no deben ser corregidos por sus súbditos.
2. La Glosa, interpretando el texto del Apóstol en Gál 2,11: le echó en cara, añade como a igual. Por tanto, no siendo el súbdito igual al prelado, no le debe corregir.
3. Escribe San Gregorio: Nadie intente corregir la vida de los santos, a no ser quien sienta mejor de sí. Mas nadie debe sentirse mejor que su prelado. Luego no deben ser corregidos los prelados.

Contra esto: está el testimonio de San Agustín en la Regla: No os compadezcáis sólo de vosotros mismos, sino también de él, que corre mayor peligro cuanto más alto puesto ocupa. Pero la corrección fraterna es obra de misericordia. Luego también los superiores deben ser corregidos.

Respondo: La corrección que es acto de justicia por coacción penal, no incumbe al súbdito respecto de su prelado. Pero la corrección que es acto de caridad atañe a cada cual en relación con las personas a las que debe amar si ve en ellas algo reprensible. En efecto, el acto que procede de un hábito o potencia se extiende a cuanto comprende el objeto de esa potencia o hábito, lo mismo que la visión abarca todo cuanto esté bajo su objeto. Pero dado que el acto virtuoso debe estar regulado por las debidas circunstancias, en la corrección del súbdito hacia su superior debe guardarse la debida moderación, o sea, no debe hacerlo ni con protervia ni con dureza, sino con mansedumbre y respeto. Por eso en 1 Tim 5,1 escribe el Apóstol: No increparás al anciano, sino exhórtanle como a padre. Por eso mismo también reprocha Dionisio al monje Demófilo por haber corregido de manera irreverente a un sacerdote golpeándole y echándolo de la iglesia.

A las objeciones:
1. Se puede decir que se trata inadecuadamente al prelado cuando se le apabulla o cuando se le infama. Es lo que se significa en esos pasajes con el contacto de la montaña o del arca prohibidos por Dios.
2. Reprender a la cara y en público (Gál 2,11) rebasa a la moderación de la corrección fraterna. Y San Pablo no habría reprendido de esa manera a San Pedro si no hubiera sido de alguna manera su igual en la defensa de la fe. Mas amonestar oculta y severamente puede hacerlo incluso quien no sea igual. Por eso, escribiendo a los Colosenses 4,17 pide San Pablo reprender al superior, en estos términos: Decid a Arquipo: cumple tu ministerio. Hay que tener en cuenta, no obstante, que en el caso de que amenazare un peligro para la fe, los superiores deberían ser reprendidos incluso públicamente por sus súbditos. Por eso San Pablo, siendo súbdito de San Pedro, le reprendió en público a causa del peligro inminente de escándalo en la fe. Y como dice la Glosa de San Agustín: Pedro mismo dio a los mayores ejemplo de que, en el caso de apartarse del camino recto, no desdeñen verse corregidos hasta por los inferiores.
3. Creerse en todo mejor que su superior parece presuntuosa soberbia; pensar, en cambio, que es mejor en algo no tiene nada de presunción, ya que en esta vida no hay nadie sin defecto. Pero hay que tener en cuenta también que quien amonesta con caridad a su superior, no por eso se considera mejor, sino que va en auxilio de quien está en un peligro tanto mayor cuanto más alto puesto ocupa, como enseña San Agustín.

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